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TEPJF invalida decisión del INE de prohibir transmisión de la mañanera de AMLO en Coahuila e Hidalgo
La TEPJF ordenó al Instituto Nacional Electoral modificar el acuerdo por el cual determinó que los concesionarios de radio y televisión no debían transmitir las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador en los estados de Coahuila e
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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó este miércoles al Instituto Nacional Electoral (INE) modificar el acuerdo por el cual determinó que los concesionarios de radio y televisión no debían transmitir las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador en los estados de Coahuila e Hidalgo, entidades donde habrá elecciones el próximo 18 de octubre.

En sesión pública no presencial, los magistrados determinaron que los consejeros electorales deberán sesionar dentro del plazo máximo de 48 horas, a partir de que sean notificados del fallo, para realizar los trámites necesarios y publicar en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo impugnado, con la modificación ordenada por el TEPJF.

El pasado 26 de agosto, luego de que determinó la reanudación del proceso electoral en Coahuila e Hidalgo, el INE aprobó el siguiente acuerdo: “Los concesionarios de radio y televisión deberán abstenerse de difundir, de manera ininterrumpida, las conferencias de prensa matutinas (del presidente López Obrador) en las señales de origen de Hidalgo y Coahuila o en las vecinas o aledañas que tengan cobertura en éstas entidades”.

Dos días después, el 28 de agosto, el partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena) interpuso un recurso de apelación ante el TEPJF, resuelto este miércoles.


Escrito por Redacción


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