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Hasta las 8:30 horas de martes, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) había recibido 208 impugnaciones relacionadas con la elección presidencial del pasado 2 de junio.
El órgano jurisdiccional informó que entre ellos se encuentran 164 juicios de inconformidad, presentados por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) contra los resultados del cómputo distrital de la elección presidencial en diversas entidades. Los recursos forman parte de la estrategia legal que emprendió el PRD para evitar la pérdida de su registro.
Los cómputos distritales han arrojado para la elección de la presidencia de la República, que el PRD obtuvo el 1.8 por ciento, en la de senadurías fue de 2.2, y en la de diputaciones obtuvo el 2.4 por ciento.
Por su parte, Movimiento Ciudadano (MC) interpuso 43 juicios, mientras que el PAN ha presentado, al momento, solo una impugnación.
El recuento se haría en más de 102 mil 300 casillas de las 170 mil que se instalaron en todo el país.
Hay demagogia pues no hay fondos suficientes programados para llevar a cabo lo que en educación pretenden hacer los candidatos presidenciales.
En la legislatura que arranca el 1 de septiembre la oposición solo logró seis distritos.
SCJN no tiene la facultad de intervenir en las diferencias entre jueces y magistrados en materia electoral.
En algunas comunidades de otros 10 municipios se impidió la instalación de casillas y más de 60 mil electores no pudieron participar con su voto en la “fiesta democrática” del pasado dos de junio.
El actual proceso electoral está contemplado como el más violento en la historia del país al registrar 63 personas muertas.
En total, un millón 626 mil 941 personas votaron por el candidato de Movimiento Ciudadano
Buscará “combatir la sobrerrepresentación” para evitar que se generen mayorías artificiales.
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Realizó una promoción personalizada con lo que transgredió los principios de neutralidad y equidad de la contienda.
La diferencia entre Brugada y Taboada es de 12 puntos porcentuales.
Para prevenir otras situaciones y cumplir con los cómputos distritales que establece el proceso electoral, otros municipios enviaron sus paquetes al IEPC.
Recordó que en el artículo 99 de la Carta Magna se define al Tribunal como la máxima autoridad judicial en materia electoral.
De los 16 homicidios de candidatos y precandidatos a alcaldes, en 12 casos el partido de la víctima perdió la elección, mientras que sólo cuatro lograron imponerse.
¿En esta coyuntura, qué le conviene más o le perjudica menos al pueblo y a su obligada y urgente lucha por un mejor reparto de la riqueza?
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Escrito por Abigail Cruz Guzmán
Reportera