La propuesta plantea una transición gradual entre 2026 y 2030, además de establecer dos días obligatorios de descanso.
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó este martes el primer juicio de inconformidad presentado por Iván Bravo Olivas contra la elección de las dos magistraturas de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
El ministro Jorge Pardo Rebolledo argumentó que Bravo Olivas carece de interés legítimo para impugnar dicha elección, ya que se postuló como candidato a magistrado de circuito y no como candidato a la Sala Superior del TEPJF.
El motivo de la decisión se basa en el Artículo 10, inciso "C" de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en materia electoral, la cual establece que solo las candidaturas tienen legitimidad para impugnar la elección.
Bravo Olivas no fue candidato a la Sala Superior del TEPJF sino a magistrado de circuito, por lo que no tiene legitimidad para impugnar la elección.
"Toda vez que no se advierte que el actor tenga el carácter de candidato a alguno de los cargos que fueron objeto de la elección judicial, en este caso de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, sino como candidato a un cargo de magistrado de circuito, estimamos que lo procedente es desechar de plano el presente juicio de inconformidad" respondió el ministro Jorge Pardo Rebolledo.
Ante esta decisión de la SCJN. la elección de Claudia Valle Aguilasocho y Gilberto de Guzmán Bátiz García como magistrados de la Sala Superior del TEPJF se mantiene.
Sin embargo, actualmente existe otra impugnación pendiente presentada por la asociación Poder Ciudadano contra la elección de los mismos magistrados.
La propuesta plantea una transición gradual entre 2026 y 2030, además de establecer dos días obligatorios de descanso.
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Escrito por Abigail Cruz Guzmán
Reportera