El movimiento telúrico fue percibido en al menos la mitad de la entidad chiapaneca.
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó, este lunes 14 de abril, revisar una petición de Grupo Carso que buscaba evitar el aumento en el pago a los afectados por el derrumbe de la Línea 12 del Metro.
Carso Infraestructura y Construcción presentó un amparo contra la resolución emitida por una sala civil de la Ciudad de México; dicha sentencia consideró injusto el acuerdo reparatorio firmado con las víctimas del desplome de un tramo elevado de esa línea, entre las estaciones Los Olivos y San Lorenzo Tezonco, ocurrido el 3 de mayo de 2021.
Por su parte, un grupo de afectados promovió una demanda civil en 2023 al considerar insuficiente el acuerdo firmado en enero de 2022 ante la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, alegaron que el convenio no cubrió los daños físicos, las secuelas emocionales, los tratamientos médicos ni la pérdida de ingresos laborales.
Después de la sentencia condenatoria, dictada en abril de 2024, la empresa Carso presentó un amparo directo, argumentó que las autoridades admitieron pruebas de forma indebida, que el gobierno capitalino debía haber comparecido por su responsabilidad en el mantenimiento de la Línea 12 y que el asunto ya se resolvió en sede penal mediante el acuerdo reparatorio.
Un Tribunal Colegiado federal confirmó la sentencia de la sala civil el pasado 14 de febrero, consideró sin fundamento las objeciones de la empresa y ratificó la orden de aumentar el monto de la compensación a los afectados por el derrumbe de la Línea Dorada.
Finalmente, la Corte publicó este lunes el acuerdo que declara improcedente la impugnación de Carso Infraestructura y Construcción. En su resolución, explicó que el caso no reúne condiciones de "interés excepcional" en materia de derechos humanos o derecho constitucional.
El movimiento telúrico fue percibido en al menos la mitad de la entidad chiapaneca.
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Escrito por Abigail Cruz Guzmán
Reportera