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Este lunes, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) reconoció el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que declaró inconstitucional la omisión del Senado para nombrar a tres integrantes faltantes del Pleno de ese organismo.
Por ello, el INAI explicó que, como parte de los efectos de la sentencia, la Corte ordenó a la Cámara Alta a designar a las personas comisionadas pendientes, a fin de permitir la integración del Pleno del INAI, en el presente periodo ordinario de sesiones.
Además, la SCJN ratificó la autorización para que, en tanto se subsane la omisión, el Pleno del INAI pueda sesionar con menos de cinco personas comisionadas, siempre y cuando lo haga con todos sus integrantes actuales y de manera colegiada, resolviendo por mayoría simple, con el voto de calidad de quien ostente la presidencia del organismo.
La omisión de los nombramientos vulnera el diseño constitucional otorgado al INAI, lo cual afecta su autonomía y le impide el pleno ejercicio de sus facultades como organismo garante de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales.
Los integrantes del Instituto coincidieron en que la resolución del Máximo Tribunal es una muestra clara de su compromiso con la defensa de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, y con la democracia en México.
Por ello, la Organización de Naciones Unidas para los Derechos Humanos celebró dicha decisión de la SCJN, y llamó a la Cámara alta a concluir el proceso de designación de las tres vacantes para comisionados del órgano garante.
Lo anterior, a efecto de permitirle al Instituto cumplir con su mandato constitucional de protección de los derechos humanos fundamentales.
En sus redes sociales, el INAI se sumó al llamado de la SCJN al Senado: "saludamos la decisión de la @SCJN y nos sumamos al llamado al @senadomexicano para concluir el proceso de designación de vacantes de Comisionados/as del @INAImexico a efecto de permitirle cumplir con su mandato constitucional de protección de dos derechos humanos fundamentales”.
La oposición aseguró que el procedimiento de la reforma tiene “vicios” que pueden ser sujetos de revisión por el máximo tribunal del país.
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El INAI reconoció el fallo de la SCJN que declaró inconstitucional la omisión del Senado para nombrar a tres integrantes faltantes del Pleno de ese organismo.
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Escrito por Abigail Cruz Guzmán
Reportera