Cargando, por favor espere...
Este lunes, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) reconoció el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que declaró inconstitucional la omisión del Senado para nombrar a tres integrantes faltantes del Pleno de ese organismo.
Por ello, el INAI explicó que, como parte de los efectos de la sentencia, la Corte ordenó a la Cámara Alta a designar a las personas comisionadas pendientes, a fin de permitir la integración del Pleno del INAI, en el presente periodo ordinario de sesiones.
Además, la SCJN ratificó la autorización para que, en tanto se subsane la omisión, el Pleno del INAI pueda sesionar con menos de cinco personas comisionadas, siempre y cuando lo haga con todos sus integrantes actuales y de manera colegiada, resolviendo por mayoría simple, con el voto de calidad de quien ostente la presidencia del organismo.
La omisión de los nombramientos vulnera el diseño constitucional otorgado al INAI, lo cual afecta su autonomía y le impide el pleno ejercicio de sus facultades como organismo garante de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales.
Los integrantes del Instituto coincidieron en que la resolución del Máximo Tribunal es una muestra clara de su compromiso con la defensa de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, y con la democracia en México.
Por ello, la Organización de Naciones Unidas para los Derechos Humanos celebró dicha decisión de la SCJN, y llamó a la Cámara alta a concluir el proceso de designación de las tres vacantes para comisionados del órgano garante.
Lo anterior, a efecto de permitirle al Instituto cumplir con su mandato constitucional de protección de los derechos humanos fundamentales.
En sus redes sociales, el INAI se sumó al llamado de la SCJN al Senado: "saludamos la decisión de la @SCJN y nos sumamos al llamado al @senadomexicano para concluir el proceso de designación de vacantes de Comisionados/as del @INAImexico a efecto de permitirle cumplir con su mandato constitucional de protección de dos derechos humanos fundamentales”.
Entre los organismos “onerosos, (que) no sirven para nada, no le sirven al pueblo”, a creencia de AMLO, están el INAI, la Cofece, la CRE y el IFT, por mencionar sólo algunos.
Esta aprobación se produce en medio de un paro nacional de los trabajadores del Poder Judicial y diversas manifestaciones en contra de la propuesta.
La resolución de la SCJN, que en fecha reciente devolvió 160 mil hectáreas de Chiapas a Oaxaca, ha puesto en pie de guerra a campesinos zoques y tzotziles, que rechazan ese dictamen y están dispuestos a defender su identidad territorial “chimaˮ.
Se han presentado un total de 11 mil 685 recursos de revisión interpuestos contra instituciones públicas federales que se negaron a entregar información.
Al eliminarse las barreras legales, el Estado debe proveer sin excusas el servicio de aborto voluntario hasta la semana 12 de gestación y por violación.
La ministra Lenia Batres Guadarrama explicó que la decisión permitirá dar seguridad jurídica a las personas que tienen procesos pendientes sobre prisión preventiva.
El Pleno declaró inconstitucional el artículo 142, fracción I, de la Ley de Instituciones de Crédito
El Presidente decidió confrontar al Poder Judicial porque no puede dar órdenes a su antojo y capricho a los ministros de la SCJN.
Se suman al paro de labores de 55 mil trabajadores del Poder Judicial de la Federación.
Ssa debe realizar una nueva búsqueda con un "criterio amplio" para proporcionar la cantidad de muertes por suicidio de 2014 a 2024.
Ninguna de las personas imputadas se encuentra en la cárcel a pesar de las sentencias condenatorias emitidas por la SCJN
La anterior sumisión del exministro Arturo Zaldívar y su actual filiación morenista evidencian los intentos del Presidente de debilitar y controlar al Poder Judicial.
Lenia Batres Guadarrama fue designada por el Presidente luego de una falta de acuerdo en la Cámara alta para designar a la magistrada faltante, dado que ninguna garantizaba independencia ni autonomía al organismo.
Especialistas de México, Argentina, Perú y Colombia, exhortaron a los ministros de la SCJN a negar el amparo contra el etiquetado frontal a empresas que cuestionan su constitucionalidad.
Esto ocurrió después de la aprobación, tanto en lo general como en lo particular, por parte de los diputados federales de las reformas al PJF.
Rusia y México conmemoran la victoria soviética sobre el nazismo
Ley Censura de la 4T: acallar las voces críticas y la libertad de expresión
Panasonic en crisis; ¡despedirá a 10 mil trabajadores!
Estrés e insatisfacción laboral: expresión de la enajenación del trabajo
Surge nuevo modus operandi de robo contra automovilistas en CDMX
Escrito por Abigail Cruz Guzmán
Reportera