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La Sala Regional de la Ciudad de México frenó el recuento “voto por voto” de la elección de la alcaldía Cuauhtémoc y ordenó que el Tribunal Electoral capitalino justifique por qué lo ordenó, pues su sentencia no fundamenta cómo tomó esa decisión ni tomó en cuenta la Ley Procesal Electoral.
Lo anterior, luego de que la candidata de Morena, Catalina Monreal a través de su representante exigió el recuento total votos.
María Silva, magistrada presidenta de la Sala Regional de la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), María Silva presentó un proyecto que fue aprobado por unanimidad que propuso revocar la decisión del Tribunal Electoral de la Ciudad de México que ordenó el recuento total de la elección en Cuauhtémoc donde Alessandra Rojo de la Vega resultó triunfadora.
“Esta propuesta no propone revocar el proyecto porque no se reúnan los requisitos necesarios para que se lleve a cabo, ni propone confirmar la orden de realizarlo porque no existe un análisis adecuado respecto a si se satisfacen o no, los requisitos necesarios para llevar a cabo el recuento que se solicitó", explicó la magistrada María Silva Rojas.
“Implica simplemente revocar este acuerdo para que el Tribunal Electoral de la Ciudad de México revise exhaustivamente todos estos requisitos, los argumentos que se expusieron y las pruebas, para emitir una nueva resolución fundada y motivada que determine si procede o no el recuento”, explicó la magistrada presidenta.
Ante lo anterior, de manera inmediata, todos los actos que se comenzaron a realizar este domingo para el recuento quedan sin efecto y son declarados insubsistentes, hasta que el Tribunal Electoral local vuelva a analizar la impugnación de Morena, analice las pruebas y demuestre que se acreditan los requisitos establecidos por la Sala superior del TEPJF para ordenar un nuevo recuento total.
En la exposición del proyecto, exhibió que el Tribunal Electoral de la Ciudad de México no justificó el recuento basándose en la Ley Procesal Electoral local, sino que simplemente justificó que los consejos distritales 9 y 12 del Instituto Electoral de la Ciudad de México no atendieron el recuento durante el proceso de los cómputos distritales, lo que no resulta suficiente para ordenar este proceso de voto por voto.
“Conforme a los precedentes de la Sala Superior, la posibilidad de realizar recuentos totales a partir de supuestos no contemplados en la ley, sólo es procedente en casos en los que existe una duda fundada en la certeza de los resultados de la elección, por lo que el Tribunal local debido analizar de manera fundada y motivada, la existencia o no de las supuestas irregularidades expuestas por quienes solicitaron el recuento y que a su decir, afectaron la certeza de la votación a fin de determinar si era pertinente levar a cabo esa diligencia”, detalló.
El PAN impugnó el recuento el sábado por la noche y en 15 horas la Sala Regional de la Ciudad de México resolvió el asunto, por lo que, con la misma celeridad, el Tribunal Electoral capitalino deberá emitir una nueva resolución que pruebe si realmente se justifica el recuento total.
Esta determinación nuevamente puede pasar a la Sala Regional de la Ciudad de México e incluso, la resolución de hoy puede ser impugnada por Morena ante la Sala Superior.
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Escrito por Abigail Cruz Guzmán
Reportera