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Opinión invitada
Reformas al arrendamiento en la CDMX
Pretenden trasladar ilegítimamente a los particulares que rentan inmuebles (y que no siempre son grandes inmobiliarias), la obligación de dotar de vivienda a los capitalinos.


Muchas han sido las iniciativas polémicas que los diputados de Morena han propuesto para su aprobación. En esta ocasión, corresponde hablar de la iniciativa hecha por legisladoras morenistas en el Congreso de la Ciudad de México, para reformar el Código Civil para el Distrito Federal en materia de arrendamiento, para garantizar el derecho a la vivienda frente a la pandemia.

La propuesta mencionada plantea modificar varios preceptos de esta ley civil, para flexibilizar las condiciones del contrato de arrendamiento en favor de los inquilinos o arrendatarios de vivienda en la Ciudad de México y así (según dice la iniciativa) aliviar la difícil situación económica por la que atraviesan muchas familias, que ha generado demora en el pago de rentas, que pudieran provocar desplazamiento de familias, desalojos y, en casos extremos, situación de calle.

La propuesta plantea varios cambios, de las cuales señalamos aquí los más importantes: plantea definir en la ley al contrato de arrendamiento como elemento que coadyuve al cumplimiento del derecho humano a la vivienda del inquilino, a cambio de un pago a favor del arrendador; propone incorporar una duración mínima del contrato de arrendamiento de tres años, establecer elementos que presuman la existencia de contratos verbales en esta materia y señalar que, en caso de que no exista contrato escrito, no procederá el juicio para pedir la desocupación del inmueble por parte del arrendador, aunque el inquilino incumpla con el pago de la renta;  se incorporaría en favor del inquilino el que no se le exija fianza, garantía inmobiliaria o anticipo mayor a un mes para rentar vivienda, no ser víctima de desocupaciones arbitrarias, ilegales o forzosas, a ser notificado con dos meses de antelación cuando haya orden judicial de desalojo; y, que en caso de existir declaratoria de emergencia ambiental, natural, sanitaria y otras más que paralicen las actividades económicas e impidan al inquilino el cumplimiento del contrato, éste pueda solicitar al arrendador la renegociación transitoria o definitiva de las condiciones del contrato de arrendamiento.

Al conocer los abusos que a veces se cometen contra las personas que arriendan una vivienda, la reforma que nos ocupa puede parecer buena. Pero al analizarla con atención, varias críticas se le pueden hacer: no respeta la libertad contractual ni la irretroactividad de la ley; contrario a lo que se busca, fomentará la inseguridad jurídica tanto para el arrendador como para el inquilino; por el miedo que pudiera generar entre quienes rentan sus inmuebles, generaría mayores restricciones para que la gente que lo necesita pueda rentar una vivienda en el futuro; y sobre todo, esta reforma  podría ser una forma muy conveniente para los morenistas, de pretender trasladar ilegítimamente a los particulares que rentan inmuebles (y que no siempre son grandes inmobiliarias), la obligación de dotar de vivienda a los capitalinos, obligación con la que debe cumplir el Gobierno de la CDMX y que deriva de lo establecido en el artículo 4 constitucional, que señala el derecho que todos los mexicanos tenemos a disfrutar de una vivienda digna y decorosa, vivienda con la que millones de mexicanos, no cuenta hasta el día de hoy.

 


Escrito por Maribel Rodríguez

Abogada, especialista en Derecho Constitucional.


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