La Comisión recurrirá a las coberturas financieras para evitar riesgos en el suministro hasta 2028.
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El decreto por el que todas las operaciones de carga aérea del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) deben mudarse a otras terminales aéreas en un plazo máximo de 108 días hábiles, entró en vigor este viernes.
El decreto presidencial se anunció ayer por la noche, establece que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
"Queda cerrado el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México "Benito Juárez", para las operaciones de los concesionarios y permisionarios que proporcionan el servicio al público de transporte aéreo nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga", se lee en el documento..
Se advierte que los concesionarios y permisionarios que proporcionen el servicio de transporte aéreo, nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga tendrán como plazo máximo el señalado, a partir de la entrada en vigor del decreto, para reubicar sus operaciones fuera del aeropuerto capitalino.
A pesar de que las empresas cargueras solicitaron al gobierno federal extender de 108 a 180 los días hábiles para una migración segura, las autoridades hicieron caso omiso y mantuvieron el plazo en 108 días.
"QUINTO. Los concesionarios y permisionarios que proporcionen el servicio al público de transporte aéreo, nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga, con la excepción prevista en el presente decreto, cuentan con un plazo máximo de 108 días hábiles, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para reubicar sus operaciones fuera del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México "Benito Juárez'".
“¿Creen que me chupo el dedo?”, respondió el presidente Andrés Manuel López Obrador a la propuesta en una de sus “mañaneras”.
La Comisión recurrirá a las coberturas financieras para evitar riesgos en el suministro hasta 2028.
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Escrito por Redacción