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Según el Instituto Nacional de Salud Pública (INSP), el etiquetado de advertencia es altamente aprobado por la población (74%), sobre todo por padres de familia (85%).
También se ha observado que este sistema de octágonos negros es comprendido por la población, ya que 79% de la población refiere entenderlo. Incluso al evaluar la comprensión en niños esta también ha sido relevante (58%).
Otro de los resultados positivos ha sido la reformulación de productos con exceso de azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas trans y calorías. Este fenómeno fue observado a tan solo pocos meses de su entrada en vigor, en octubre del 2020, en donde según un autoreporte de las empresas, el 56% de sus productos habían sido reformulados.
Lo anterior, ha sido confirmado por los hallazgos compartidos por el INSP, los cuales señalan una reducción significativa de todos los nutrimentos críticos en productos ultraprocesados después de la implementación del etiquetado frontal:
Estos resultados coinciden con lo observado en Chile tras la implementación del etiquetado, el cual tiene características muy similares al de México. Otro logro de la medida es el retiro de los personajes y elementos atractivos en productos que tengan sellos de advertencia que, según estudios, influirían en el consumo de estos productos en los niños.
Esto también fue implementado en el etiquetado de Chile, Perú, Argentina entre otros. Además de los resultados mencionados, el etiquetado de advertencia mexicano fue reconocido a nivel internacional:
En septiembre del 2020, la Secretaría de Salud recibió un premio por parte del director general de la Organización Mundial de la Salud (OMS), el Dr. Tedros, debido a la aprobación del etiquetado de advertencia y sus características.
Asimismo, en noviembre de 2022, ante las discusiones de los amparos que llegaron a la SCJN en contra del etiquetado, relatores sobre el Derecho a la Alimentación y el Derecho a la Salud enviaron una carta para señalar su preocupación por los intentos de la industria de litigar en contra de esta medida.
A tres años de la implementación del etiquetado frontal, este primero de octubre entró en vigor su segunda fase, la cual considera un perfil de nutrientes o límites más estricto para el uso del sello de “Exceso de sodio” (50 mg menos en comparación con la primera fase o que el contenido de sodio no supere el contenido de calorías del producto: >1mg sodio por kcal), lo que podría ayudar a que los resultados de reformulación sean aún mayores.
De igual manera este límite también fue modificado para el uso del sello de “exceso en calorías” en líquidos, ya que este se colocaba cuando el producto contenía ≥ 10 kcal de azúcares añadidos por cada 100 ml, mientras que ahora se coloca con ≥ 8 kcal de azúcares añadidos por 100 ml, disminuyendo así 2 kcal de azúcares añadidos.
Tras la evidencia mostrada y los reconocimientos que el etiquetado ha recibido durante los últimos tres años, el Poder del Consumidor considera que esta medida debe fortalecerse como parte de las políticas adoptadas por el gobierno mexicano para tratar la obesidad y como herramienta para que los consumidores sigan informados sobre el tipo de productos que consumen.
Defraudación se evidenció a finales de 2020, cuando en los SSO faltaron los recursos financieros para pagar las prestaciones de sus trabajadores y éstos, principalmente los sindicalizados, amagaron con declararse en huelga.
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A tres años de haberse implementado, hallazgos compartidos por el INSP señalan una reducción significativa de todos los nutrimentos críticos en productos ultraprocesados después del etiquetado frontal.
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Escrito por Redacción