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Ciudad de México. - La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló un fallo acerca de que ninguna persona tiene derecho a revisar el correo electrónico o las cuentas de comunicación ajenas sin la autorización de la persona dueña de dicho perfil.
Ahora ninguna persona podrá revisar la información del celular o cuenta electrónica de su pareja o familiar. Entre este tipo de información destacan mensajes de texto, mensajes de WhatsApp, Facebook, Twitter, Messenger, Instagram, Hotmail, Gmail u otro tipo de plataforma de comunicación.
"Para salvaguardar el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas, se determinó que está prohibido grabar, almacenar, leer o registrar, sin el consentimiento de los interlocutores, una comunicación ajena", detalló la SCJN en un comunicado oficial.
El fallo se dio luego de analizar el caso de un hombre que imprimió correos electrónicos de su esposa para usarlos como prueba de que le estaba siendo infiel y así obtuviera el divorcio y la custodia de sus hijos.
Todo se remonta a un caso del año 2007 cuando este hombre imprimió más de 300 correos electrónicos de la cuenta Hotmail de su entonces pareja para comprobar el adulterio con el instructor de golf de la unidad habitacional. En el juicio de divorcio las pruebas obtenidas ilegalmente fueron desechadas.
"En definitiva, todas las formas existentes de comunicación y aquellas que sean fruto de la evolución tecnológica, deben quedar protegidas por el derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas", precisó la SCJN en un comunicado.
El Pleno declaró inconstitucional el artículo 142, fracción I, de la Ley de Instituciones de Crédito
El INAI reconoció el fallo de la SCJN que declaró inconstitucional la omisión del Senado para nombrar a tres integrantes faltantes del Pleno de ese organismo.
Exhortó a los padres de familia a redoblar esfuerzos en el cuidado y guía de sus hijos, con el propósito de que tomen el camino de los vicios “en estos tiempos en que la ley se convierte en puerta de acceso a ellos”.
Los legisladores electos del PAN firmaron un compromiso para mantener la unidad y lealtad ante cualquier circunstancia.
La decisión se tomó horas después de que ocho magistrados y magistradas del máximo tribunal del país se unieran al paro de los trabajadores del PJ.
Superan en gastos a la anterior administración encabezada por Arturo Zaldívar.
La Primera Sala confirmó la decisión del PAN para analizar la contradicción de criterios entre la Corte y el TEPJF y evitar que Morena, PT y VEM obtuvieran la mayoría calificada.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el periodo de detención y alojamiento en el INM es inconstitucional.
A un año de que concluya su periodo, el ministro Arturo Zaldívar solicitó al Presidente la renuncia a su cargo en la SCJN.
Una vez más se demuestra que los trabajadores solo pueden contar con su propia fuerza organizada y no deben confiar ni esperar nada más que trampas y golpes bajos de la representación empresarial.
La ministra Lenia Batres Guadarrama explicó que la decisión permitirá dar seguridad jurídica a las personas que tienen procesos pendientes sobre prisión preventiva.
Especialistas en energéticos aseguran que la reforma de AMLO pondrá en manos de la CFE la producción monopólica de la electricidad a pesar de carecer de la infraestructura para generar el volumen necesario y satisfacer la demanda nacional.
El Ángel de la Independencia es un inmueble propiedad de la Federación, y por lo tanto, no pertenece a ninguna alcaldía de la Ciudad de México, resolvió la Segunda Sala del máximo tribunal del país.
Con esta resolución, la SCJN demostró –y a la 4T– que el Estado de Derecho está vigente y que existen las vías legales y constitucionales para cuestionar todos los actos y normas que arriesguen el porvenir de la República.
Tras denunciar ante la FGR a Arturo Zaldívar, la diputada federal María Elena Pérez-Jaén aseveró que Arturo Zaldívar pasará a la historia como el peor presidente de la SCJN, tras actuar de manera indebida y presuntamente ilegal.
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Escrito por Redacción