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Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en sesión del Tribunal Pleno, estableció que es necesaria la orden de un juez, para que las autoridades investigadoras puedan obtener información financiera de una persona.
Por tal motivo, el Pleno declaró inconstitucional el artículo 142, fracción I, de la Ley de Instituciones de Crédito, que establece que dichas instituciones, estarán obligadas a dar información financiera sin que exista una orden judicial, cuando sea solicitada por el Procurador General de la República o el servidor público en quien delegue facultades para requerir información, para la comprobación del hecho que la ley señale como delito y de la probable responsabilidad del imputado.
Ello al considerar que lo dispuesto en esta ley no forma parte de las atribuciones que la Constitución Federal otorga a la autoridad investigadora para la irrupción en la vida privada, ni para la investigación de los delitos.
En sesión posterior, el Pleno de la SCJN determinará los efectos que tendrá la declaración de inconstitucionalidad del artículo y fracción mencionados.
El proyecto no alcanzó la mayoría calificada de ocho votos para declarar la invalidez de la reforma judicial
La SCJN le otorgó un amparo a Grupo Salinas y Total Play para evitar pagar los 640 mdp que adeudan al SAT.
La decisión se tomó horas después de que ocho magistrados y magistradas del máximo tribunal del país se unieran al paro de los trabajadores del PJ.
Esta es la mayor reforma al sistema desde la llevada a cabo por el presidente Ernesto Zedillo en 1994, la cual resultó en la formación del Consejo de la Judicatura Federal y la reestructuración de la Corte.
La SCJN invalidó el cinco de abril la facultad que los legisladores de Morena otorgaron en 2019 a López Obrador para que decidiera por decreto el destino de los ahorros generados por su “política de austeridad”.
Desde el 15 de septiembre hasta el 3 de octubre, se han admitido 138 demandas de amparo en contra de la reforma judicial.
Afirmaron que Arturo Zaldívar sólo busca colocarse en un papel de víctima
Con esta resolución, la SCJN demostró –y a la 4T– que el Estado de Derecho está vigente y que existen las vías legales y constitucionales para cuestionar todos los actos y normas que arriesguen el porvenir de la República.
Ciudad de México.- La Primera Sala estableció que la infidelidad sexual en el matrimonio, por sí misma, no puede ser considerada un hecho ilícito.
Se prevé que este tres de noviembre se discuta en comisiones de la Cámara de Diputados, el dictamen del PEF 2024, mismo que tiene un recorte de más de 13 mil millones de pesos y que se aplicará a organismos autónomos.
La resolución de la SCJN, que en fecha reciente devolvió 160 mil hectáreas de Chiapas a Oaxaca, ha puesto en pie de guerra a campesinos zoques y tzotziles, que rechazan ese dictamen y están dispuestos a defender su identidad territorial “chimaˮ.
Especialistas de México, Argentina, Perú y Colombia, exhortaron a los ministros de la SCJN a negar el amparo contra el etiquetado frontal a empresas que cuestionan su constitucionalidad.
Piña Hernández explicó que el análisis de los aparatos de seguridad y justicia, así como la propuesta de reforma, fueron elaborados a partir de los foros convocados por la Corte.
En los proyectos de resolución de las tres consultas asignadas a la ministra Yasmín Esquivel, se propone desechar las solicitudes de los juzgadores federales.
La oposición aseguró que el procedimiento de la reforma tiene “vicios” que pueden ser sujetos de revisión por el máximo tribunal del país.
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Escrito por Redacción