La detención del comunicador generó fuertes críticas de organizaciones como Artículo 19.
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El Primer Tribunal Colegiado en materia Penal ordenó este miércoles a la Fiscalía General de la República (FGR) que “decrete definitivamente” el no ejercicio de la acción penal y archive la carpeta de investigación que inició en contra de académicos y científicos del entonces Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt).
El Tribunal ratificó el amparo que se les concedió a José de Jesús Franco López, Julia Tagüeña Parga y Gabriela Dutrénit Bielous, quienes denunciaron que una nueva área de la FGR comenzó a investigarlos, pese a que un juez de control resolvió que no hay delito que perseguir.
En ese sentido, el magistrado Juan José Olvera López argumentó que la FGR sigue tratando de “eludir” que este asunto ya es cosa juzgada, luego de reenviarlo a otra autoridad, al tiempo en el que subrayó que mantener una carpeta de investigación abierta sin justificación, transgrede los derechos de legalidad y de seguridad jurídica.
Lo anterior, deriva de la resolución dictada en septiembre de 2021 por Gregorio Salazar Hernández, juez de control del penal del Altiplano, quien rechazó concederle a la FGR 31 órdenes de aprehensión porque determinó que no se configuraban los delitos de peculado, uso ilícito de atribuciones y facultades, recursos de procedencia ilícita y delincuencia organizada.
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Escrito por Abigail Cruz Guzmán
Reportera