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Reforma judicial busca dotar de más poder al INE
La modificación permite que la funcionaria designe a los directores ejecutivos, titulares de unidades técnicas y otros puestos


En la reforma secundaria al Poder Judicial se incluyó, de último momento, el refuerzo de las atribuciones de la presidenta del Instituto Nacional Electoral (INE), Guadalupe Taddei, cuya modificación permite que la funcionaria designe a los directores ejecutivos, titulares de unidades técnicas y otros puestos que le confiera la ley a su criterio; sin embargo, se eliminan derechos jurídicos de los ciudadanos a quienes se les violan garantías político-electorales.

El ajuste al dictamen de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe) establece que la presidenta del Consejo General del INE sólo estará obligada a someter a la aprobación de los demás consejeros el nombramiento del Secretario Ejecutivo.

Actualmente, Taddei debe proponer a sus pares el nombramiento del Secretario Ejecutivo, directores ejecutivos y titulares de unidades técnicas. Desde el 31 de marzo de 2023, cuando asumió la presidencia del INE, Guadalupe Taddei no ha concretado sus propuestas de nombramientos, debido a que varios consejeros no están de acuerdo en que imponga decisiones; por lo que sólo ha designado a encargados de oficinas.

El primer cambio, añadido al dictamen de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, establece que la presidenta del Consejo General del INE sólo estará obligada a someter a la aprobación del Consejo el nombramiento del Secretario Ejecutivo; sin embargo, los nombramientos de directores ejecutivos y demás titulares de unidades técnicas del Instituto ya no requerirán esta aprobación.

El segundo cambio establece que en materia de violación de derechos político-electorales no procederá la suplencia de la queja. Esto significa que, si un ciudadano presenta una queja mal fundamentada, el Tribunal Electoral no podrá realizar las adecuaciones necesarias para garantizar el acceso a la justicia.

Por último, la tercera modificación otorga al Ejecutivo federal, al Poder Legislativo y al Poder Judicial la facultad de veto al listado que hagan los Comités de Evaluación sobre los mejores perfiles de los aspirantes registrados para ocupar alguna de las 849 plazas que se someterán a votación.


Escrito por Abigail Cruz Guzmán

Reportera


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