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Ciudad de México.- La Primera Sala estableció que la infidelidad sexual en el matrimonio, por sí misma, no puede ser considerada un hecho ilícito para efecto de sustentar una condena por daño moral.
En sesión, la propuesta de la Ministra Norma Lucía Piña Hernández, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el amparo directo en revisión 183/2017.
Se sostuvo que la fidelidad en el matrimonio es una cuestión de carácter personalísimo en la que tiene cabida la autonomía de la voluntad de los cónyuges y cuya observancia no puede ser exigida coactivamente; por ende, el control estatal necesariamente se ve limitado en cuanto a la imposición de consecuencias jurídicas distintas a la disolución del vínculo matrimonial.
Para la Sala resulta relevante tener en cuenta que el deber conyugal referido está sustentado en el vínculo sentimental y afectivo que se presupone entre los consortes, aspecto de la vida conyugal que se circunscribe a la intimidad de la pareja, de manera que los acuerdos conforme a los cuales deciden vivir la vida en común atañen a ambos y preponderantemente son inherentes a ese ámbito.
En ese sentido, la conducta de infidelidad sexual en el matrimonio trae aparejada la asunción de la consecuencia jurídica de la eventual disolución del vínculo, pero no es susceptible de un reproche bajo las reglas de la responsabilidad civil para dar lugar a una condena económica por el posible daño a los sentimientos y afectos del cónyuge ofendido.
Las ministras Lenia Batres, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz votaron en contra de la propuesta de solidarizarse con la decisión.
La decisión se tomó horas después de que ocho magistrados y magistradas del máximo tribunal del país se unieran al paro de los trabajadores del PJ.
La ministra presidenta de la SCJN, Norma Piña, destacó en su primer informe de labores un uso eficiente de recurso con un ahorro anual por 82 millones de pesos.
El presidente del blanquiazul, Marko Cortés, cuestionó que “la solicitud de juicio político de Morena contra un ministro de la Corte es una bravuconada más o el anuncio formal de un golpe de Estado".
Con vallas en pasillos y escalinatas, los manifestantes portaron pancartas donde se leía: “silencio por la justicia” y “somos tres poderes, el Judicial es el que protege”.
La resolución de la SCJN, que en fecha reciente devolvió 160 mil hectáreas de Chiapas a Oaxaca, ha puesto en pie de guerra a campesinos zoques y tzotziles, que rechazan ese dictamen y están dispuestos a defender su identidad territorial “chimaˮ.
Esto ocurrió después de la aprobación, tanto en lo general como en lo particular, por parte de los diputados federales de las reformas al PJF.
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Se prevé que este tres de noviembre se discuta en comisiones de la Cámara de Diputados, el dictamen del PEF 2024, mismo que tiene un recorte de más de 13 mil millones de pesos y que se aplicará a organismos autónomos.
La violencia vicaria es una forma de violencia de género en la que se utiliza a los hijos como instrumento para dañar a la madre.
Los padres denunciaron que al interior del Poder Judicial de la Federación (PJF) existen tácticas dilatorias que mantienen impune el caso.
Piña Hernández explicó que el análisis de los aparatos de seguridad y justicia, así como la propuesta de reforma, fueron elaborados a partir de los foros convocados por la Corte.
Eso de que ‘declinaron voluntariamente a no presentarse a la elección’ es una mentira… No se puede decidir con libertad abandonar el trabajo de toda una vida: ministra.
El proyecto no alcanzó la mayoría calificada de ocho votos para declarar la invalidez de la reforma judicial
En los proyectos de resolución de las tres consultas asignadas a la ministra Yasmín Esquivel, se propone desechar las solicitudes de los juzgadores federales.
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Escrito por Redacción