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Ciudad de México.- La Primera Sala estableció que la infidelidad sexual en el matrimonio, por sí misma, no puede ser considerada un hecho ilícito para efecto de sustentar una condena por daño moral.
En sesión, la propuesta de la Ministra Norma Lucía Piña Hernández, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el amparo directo en revisión 183/2017.
Se sostuvo que la fidelidad en el matrimonio es una cuestión de carácter personalísimo en la que tiene cabida la autonomía de la voluntad de los cónyuges y cuya observancia no puede ser exigida coactivamente; por ende, el control estatal necesariamente se ve limitado en cuanto a la imposición de consecuencias jurídicas distintas a la disolución del vínculo matrimonial.
Para la Sala resulta relevante tener en cuenta que el deber conyugal referido está sustentado en el vínculo sentimental y afectivo que se presupone entre los consortes, aspecto de la vida conyugal que se circunscribe a la intimidad de la pareja, de manera que los acuerdos conforme a los cuales deciden vivir la vida en común atañen a ambos y preponderantemente son inherentes a ese ámbito.
En ese sentido, la conducta de infidelidad sexual en el matrimonio trae aparejada la asunción de la consecuencia jurídica de la eventual disolución del vínculo, pero no es susceptible de un reproche bajo las reglas de la responsabilidad civil para dar lugar a una condena económica por el posible daño a los sentimientos y afectos del cónyuge ofendido.
La anterior sumisión del exministro Arturo Zaldívar y su actual filiación morenista evidencian los intentos del Presidente de debilitar y controlar al Poder Judicial.
Especialistas en energéticos aseguran que la reforma de AMLO pondrá en manos de la CFE la producción monopólica de la electricidad a pesar de carecer de la infraestructura para generar el volumen necesario y satisfacer la demanda nacional.
El colectivo “Alto a las injusticias en Veracruz” denunció que se han abierto las puertas a detenciones arbitrarias y violaciones a derechos humanos.
Ahora ninguna persona podrá revisar la información del celular o cuenta electrónica de su pareja o familiar
Se suman al paro de labores de 55 mil trabajadores del Poder Judicial de la Federación.
El Pleno declaró inconstitucional el artículo 142, fracción I, de la Ley de Instituciones de Crédito
El amparo se anunció luego de que el Senado aprobara en lo general la extinción de 13 de 14 fideicomisos.
Trabajadores del PJF realizaron este martes, por segundo día consecutivo, bloqueos a la vialidad en diferentes puntos de la CDMX. Exigen el cese de las medidas anunciadas por López Obrador y Morena.
Esta decisión surgió por la posible violación a la autonomía judicial y a la división de poderes.
El Ángel de la Independencia es un inmueble propiedad de la Federación, y por lo tanto, no pertenece a ninguna alcaldía de la Ciudad de México, resolvió la Segunda Sala del máximo tribunal del país.
La SCJN desechó la propuesta de la Ministra Yasmín Esquivel, quien considera que el programa “Quédate en México” no viola los derechos humanos de las personas migrantes.
A un año de que concluya su periodo, el ministro Arturo Zaldívar solicitó al Presidente la renuncia a su cargo en la SCJN.
Superan en gastos a la anterior administración encabezada por Arturo Zaldívar.
Xóchitl Gálvez aseguró que AMLO trata de debilitar al máximo tribunal del país, nombrando a una persona que es “cercana” a los intereses del gobierno federal y del mismo mandatario.
Una vez más se demuestra que los trabajadores solo pueden contar con su propia fuerza organizada y no deben confiar ni esperar nada más que trampas y golpes bajos de la representación empresarial.
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Escrito por Redacción