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Una reforma constitucional más
La presente administración sigue fielmente el ejemplo de las anteriores y compite con ellas en la velocidad para reformar la Constitución.
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Reformar la Ley, revisar y modificar la Constitución, han pasado a ser un renglón prioritario en la política del Gobierno desde hace más de tres décadas; ningún Presidente ha resistido la tentación de perfeccionar nuestra Carta Magna, enviar sus iniciativas de ley al Congreso de la Unión para su aprobación, en su caso publicarlas y encargarse de ponerlas en práctica, vigilando su cabal cumplimiento. Cada gobierno está dispuesto a allanar el camino a sus proyectos y planes, a eliminar impedimentos legales desde el inicio de su mandato.

Cuando se ha propuesto comercializar tierras y recursos naturales patrimonio de la nación para ponerlos en manos de particulares, el Gobierno Federal no ha vacilado en adecuar las leyes en la materia para lograr su objetivo; cuando su propósito era entregar las riquezas extraídas del subsuelo al capital privado, nacional o extranjero, halló la forma de ajustar la ley correspondiente para que los inversionistas entraran por anchas avenidas al país sin los obstáculos heredados de una época revolucionaria y expropiatoria, cada vez más olvidada. Y cuando el Gobierno ha requerido asegurar el futuro del partido que lo llevó al triunfo, no ha dudado en modificar la legislación electoral vigente. Lo mismo puede afirmarse de los otros dos órdenes de gobierno, hasta el grado de modificar las leyes para acortar o prolongar los periodos establecidos constitucionalmente, tal es el caso de la “Ley Bonilla” en Baja California, analizada recientemente en las páginas de este semanario.

La presente administración sigue fielmente el ejemplo de las anteriores y compite con ellas en la velocidad para reformar la Constitución; antes de cumplir su primer año en el poder, ha sacado adelante la aprobación de más de cuatro de las 12 reformas a la Carta Magna que el titular del Ejecutivo anunciara apenas logrado su triunfo en las urnas. Las leyes laborales, de salud, en materia de seguridad y educación son algunas de ellas. La más reciente de estas reformas es la Ley Nacional de Extinción de Dominio (LNED), de la que se habla esta semana en nuestro reporte especial.

Los artículos 22º y 73º de la Constitución, que ya contemplaban la Extinción de Dominio, fueron modificados en marzo de este año, y para el nueve de agosto ya se publicaba en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la LNED; de pronto, el Estado encontró una magnífica fuente de recursos públicos en la confiscación de bienes de procedencia ilícita; recuperar éstos en beneficio de la sociedad, de la que seguramente provinieron, es algo incuestionable a primera vista. Con rapidez sorprendente para los tiempos normales de la vida legislativa en México, en cuanto se presentaron las propuestas de enmienda a estos artículos constitucionales, fueron discutidas, aprobadas y publicadas en el DOF.

Obligar a los infractores de la ley, una vez que hayan sido juzgados, encontrados culpables y sentenciados a restituir los bienes de procedencia ilícita no debería encontrar oposición alguna; no obstante, de inmediato han surgido inquietudes, preocupaciones, temores e inconformidades entre politólogos, juristas, legisladores y empresarios que critican las imperfecciones de la nueva LNED y manifiestan serias dudas sobre su viabilidad, toda vez que adolece de graves inconsistencias y atenta contra procedimientos jurídicos emanados de la Constitución; esta semana, varios de ellos manifiestan su preocupación y advierten el peligro de que se use como arma política para atentar contra el patrimonio y reprimir a grupos e individuos que el Gobierno considere como sus adversarios.


Escrito por Redacción


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