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La Suprema Corte de Justicia de la Nación, máximo Tribunal Constitucional del país y cabeza del Poder Judicial de la Federación, resolvió la semana pasada sobre la constitucionalidad de la consulta popular propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador, para que la gente (supuestamente) decida si se enjuicia o no a los expresidentes de México, desde Carlos Salinas de Gortari hasta Enrique Peña Nieto.
Después de varios días de discusión pública, análisis, incluso de conocerse las amenazas que el propio presidente hizo sobre reformar la Constitución si no se aprobaba su consulta popular, ésta fue declarada constitucional con seis votos a favor y cinco en contra, por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia, estableciendo con dicha resolución la viabilidad de su realización, pero con una pregunta distinta a la propuesta por el presidente.
En la discusión del tema, los ministros que votaron en contra de la consulta, señalaron que la inconstitucionalidad de ésta es evidente, pues genera una restricción a los derechos humanos (materia que la propia Constitución prohíbe que se sujete a consulta popular) ya que pone en riesgo derechos como el de acceso a la justicia, el derecho a la reparación del daño a las víctimas, el derecho a la igualdad y a la presunción de inocencia; además de pretender sujetar ilegítimamente a dicha consulta popular, el cumplimiento de la obligación de procurar y administrar justicia que tienen las autoridades del país. La ministra Norma Lucia Piña Hernández precisó que su voto en contra de la consulta no sería bien recibido, pero recordó que no es tarea de los jueces constitucionales ganar popularidad, sino defender la Constitución. Además, de manera valiente advirtió que no cedería a presiones, salvo aquellas inherentes a su mandato como jueza del máximo tribunal del país. Por su parte, el ministro Javier Laynes Potisek fue contundente en su negativa de apoyar la petición del presidente, al decir que “la justicia no se consulta”.
A pesar de estos solidos argumentos para declarar inconstitucional la consulta, seis ministros votaron a favor (entre ellos el ministro presidente Arturo Zaldívar) argumentando que el tema debía analizarse privilegiando el derecho de los mexicanos a decidir sobre temas importantes y por tanto, buscar hacer viable la petición; que la consulta era una forma de evaluar el desempeño de los expresidentes; que no implicaba una restricción a derechos humanos; y que la Corte no podía coartar el derecho a la participación ciudadana. Dichos argumentos (más políticos que jurídicos) resultan tan generales y artificiales, que hoy sirven para avalar esta consulta, pero mañana pueden usarse igual para avalar una consulta, por ejemplo, sobre si México debe seguir siendo o no una república democrática, representativa y federal, aunque la Constitución prohíba también expresamente someter este tema a consulta popular.
Esta decisión de la Corte que implica permitir realizar la consulta para juzgar a expresidentes, es preocupante y peligroso para el país porque, mas allá de implicar la aprobación de una consulta innecesaria, que es más bien electorera (y nos costará a los mexicanos cerca de 8 mil millones de pesos); refleja por si misma cierta sumisión del Poder Judicial al presidente, su narrativa y sus intensiones de imponer el gobierno de un sólo hombre en México, sin contrapesos y sin respeto alguno a la ley. Varios asuntos de importancia nacional están en la Suprema Corte en espera de ser analizados. En esos casos ¿Prevalecerán también los deseos presidenciales o se hará valer de una vez por todas la Constitución? De ello, sin exagerar, dependerá en gran medida el futuro del país.
¿Qué Presidente de México ha lanzado una “consulta ciudadana” para enjuiciar a expresidentes? La respuesta es: ninguno.
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Escrito por Maribel Rodríguez
Abogada, especialista en Derecho Constitucional.