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Ley Garrote a beneficio de la inversión privada; y cárcel a manifestantes
La iniciativa fue rechazada por ciudadanos y organizaciones civiles, tras señalar que viola los derechos de los ciudadanos
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Ciudad de México. -  La recién aprobada reforma al Código Penal de Tabasco, mejor conocida como “Ley Garrote”, que impondrá hasta 20 años de prisión por extorción y 13 para los manifestantes, beneficiará en mayor medida a la inversión privada, según el Dictamen de la Comisión Ordinaria de Seguridad Pública, Procuración de Justicia y Protección Civil.

La ley fue avalada este lunes por el Congreso local, con 24 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones, la mayoría de extracción morenista. Será este 31 de julio cuando se publique en el Diario Oficial del estado.

El pasado 24 de junio, el gobernador de Tabasco, Adán Augusto López, envió al Congreso local una iniciativa para modificar los artículos 299, 306, 307 y 308; y la adhesión de los artículos 196 Bis y 308 Bis al Código Penal de la entidad.

Los diputados aceptaron la propuesta del gobernador. En el punto séptimo –refiere el dictamen-, “El gobernador propone la inclusión de un nuevo tipo penal cuyo bien jurídico tutelado es el patrimonio de las personas, el cual se denominará Impedimento de ejecución de trabajos u obras, esto debido a que se busca asegurar la inversión privada en el Estado, fortaleciendo el arraigo de la industria nacional y extranjera”.

Parte de la justificación, según la propuesta del gobernador morenista, es que el mecanismo permitirá recuperar el buen vivir de las personas, con el acrecentamiento de más oportunidades de empleo.

El dictamen avalado lo complementa el artículo octavo, que agregar incrementar las penas previstas para el delito intitulado “Oposición a que se ejecuten trabajos u obras públicas”. Por lo que “bajo esta dinámica, también se incluye un tipo penal que sancionara a quien impida el goce y disfrute del derecho humano a la libertad de tránsito”.

A lo anterior fue agregado lo siguiente: “careciendo de facultad legal, impidan total o parcialmente el libre tránsito de personas, se impondrá prisión de uno a cinco años y multa de 150 a 250 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”.

La iniciativa fue rechazada por ciudadanos y organizaciones civiles, tras señalar que viola los derechos de los ciudadanos, pues la protesta pública pacifica se encuentra amparada por la Constitución Política.


Escrito por Trinidad González .

Reportero. Estudió la maestría en Periodismo Político en la Escuela de Periodismo Carlos Septién García.


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