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Como un importante avance para la protección jurídica de las personas desaparecidas y familiares calificaron el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) y la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH), a la nueva Ley sobre desaparición y búsqueda de personas para el estado de Baja California.
Ambos organismos internacionales subrayaron que, para asegurar su efectiva implementación, “es necesario garantizar un presupuesto adecuado y el derecho a la participación de las familias de personas desaparecidas”.
También destacaron la incansable labor de las familias de las personas desaparecidas en la construcción del marco jurídico a través de mesas de trabajo convocadas para el diseño de la ley, acciones para destacar su importancia y propuestas para nutrir su contenido.
La legislación fue aprobada el domingo 31 de marzo, luego de un proceso de redacción en el Congreso estatal. “Alentamos a su pronta promulgación y publicación”.
Tanto el CICR y la ONU-DH enfatizaron la necesidad de garantizar el derecho a la participación conjunta de las familias en todas las etapas del proceso legislativo, pues son sus experiencias las que deben constituir el eje central de toda ley en materia de desaparición, para que responda integralmente a sus necesidades.
“En su aplicación será fundamental que las autoridades cumplan con sus atribuciones en la recuperación de cuerpos de personas fallecidas y aseguren una adecuada trazabilidad que permita seguir su rastro, en conformidad con la normativa nacional e internacional”.
Destacaron que el importante avance que representa este marco jurídico para el fortalecimiento de la búsqueda e identificación de personas en Baja California debe ser consolidado mediante la asignación de los recursos necesarios –materiales económicos, humanos y de infraestructura– que garanticen su implementación efectiva.
Además, recomendaron la creación de lineamientos de operación de los registros estatales en materia de personas desaparecidas, fallecidas no identificadas y el banco estatal genético, con el fin de determinar las responsabilidades de las autoridades correspondientes para su alimentación y gestión, ya que el marco legal aprobado no lo especifica.
Por último, llamaron a definir de forma transparente los requisitos de consulta pública para la selección de la persona titular de la Comisión Local de Búsqueda, y subrayan la importancia de llevar a cabo este proceso e implementar la ley conforme al principio por persona, respetando y garantizando efectivamente la participación de las familias en todas las etapas del proceso de búsqueda, localización e identificación de sus seres queridos.
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Escrito por Abigail Cruz Guzmán
Reportera