Cargando, por favor espere...
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó sancionar la difusión del mensaje del presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, por sus 100 días de Gobierno de 2021.
Por unanimidad de votos, los magistrados coincidieron que el acto no se trató de un informe de labores, de los previstos en la Constitución, sino de un acto ilícito de propaganda gubernamental personalizada. Consideraron que la difusión de dicho informe, el 30 de marzo pasado, violó la veda electoral.
Y es que explicaron que entonces ya habían iniciado las campañas políticas en seis estados (Campeche, Colima, Guerrero, Nuevo León, San Luis Potosí y Sonora) en los que se difundió el evento a través de 38 emisoras de radio y televisión locales.
La magistrada Jeanine Otálora Malassis señaló que los informes de gobierno están debidamente regulados por las leyes federales, y el mensaje en cuestión no se ajustó a dichos parámetros.
Recordó que durante época electoral únicamente es válido generar propaganda relativa a las autoridades electorales, servicios educativos y de salud, o la necesaria para la protección civil, en casos de emergencia.
“Cualquier otro acto comunicativo gubernamental que no cumpla con esas características debe valorarse para establecer si es un acto de comunicación que tiene por fin informar algo a la ciudadanía o si constituye, en esencia, un acto de campaña gubernamental personalizada con es el caso”, dijo la magistrada.
En tanto, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón señaló que de las constancias se advierte que se actualizan las tres premisas, (personal, objetiva, y temporal) previstas en la jurisprudencia electoral para establecer que sí hubo una ilegalidad en la difusión de dicho mensaje.
Y es que señaló que el propósito del discurso del presidente fue una promoción personal, para obtener la aprobación del trabajo gubernamental y las acciones del ejecutivo durante los primeros 100 días de este año, además de que se difundió cuando las campañas habían iniciado en seis estados.
En la sentencia, cuyo proyecto elaboró el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, se precisó que durante el mensaje del presidente se tocaron temas como finanzas públicas, acciones sociales, producción nacional de bienes, política energética, obra pública y seguridad pública, entre muchos otros.
“Bajo estas premisas se establece que con la difusión del evento en esos seis estados, si se generó el ilícito constitucional de cuenta”, estable la sentencia.
Por ello, al resolver el Recurso de Reconsideración del Procedimiento Especial Sancionador 193/2021, los magistrados resolvieron que el caso debe enviarse a la Sala Especializada del TEPJF para individualizar la sanción e imponga las consecuencias jurídicas de estos actos. Detallaron que la Sala Especializada debe valorar si en esta acción hubo un uso indebido de los recursos públicos y, con base en ello, imponga las medidas de apremio para evitar la repetición.
El 6 de mayo pasado, la Sala Especializada del TEPJF, analizó este caso, derivado de en una impugnación presentada por el PRD, y en su momento determinó que el mensaje no había sido ilegal.
No obstante, dijo que hubo una falta de deber de cuidado por la difusión del mensaje en estados donde ya había iniciado la campaña, y la Sala Especializada ordenó en aquella ocasión remitir el caso al INE para que iniciara un procedimiento sancionador contra Erwin Sigfrid Frederick Neumaier de Hoyos, director del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (CEPROPIE) y las 38 emisoras de radio y televisión que difundieron el mensaje.
Ahora, las sanciones podrían incluir a más personal del gobierno federal ya que se busca evitar que es una situación similar se repita. (El Financiero).
“Lamentablemente no se hizo una evaluación, se hubiera hecho, y si definitivamente no había resultados, adelante".
El Movimiento Antorchista protestará en la Cámara de Diputados para exigir a los legisladores no apliquen recorte presupuesta a programas sociales
La reforma de hoy orquestada por AMLO es la antesala para que cualquier manifestación sea criminalizada
Los más de 125 días de confinamiento impuesto por la pandemia del Covid-19 están dejando estragos en los niños con problemas de convivencia.
La idea consiste en que a partir de tres años de que el productor se encuentre inscrito en el programa, este pueda tener derecho a realizar el trámite.
El 58 por ciento de los padres de familia entrevistados por El Financiero Bloomberg está en desacuerdo con el regreso a clases debido a la pandemia de Covid-19.
La ampliación del metro que comunicará La Paz, Ixtapaluca y Chalco, beneficiará a unos seis millones de ciudadanos.
Aunque los resultados siguen siendo favorables a las aspiraciones de López Obrador, su partido quedó lejos del resultado de 2018. Hace tres años tenía una aprobación del 80%, ahora, descendió al 56%.
Los verdaderos responsables de la grave situación, aseguró Córdova Morán “son los gobiernos que se niegan a ver la realidad".
La UNAM pone a disposición de su comunidad el servicio de diagnóstico molecular para el coronavirus SARS-CoV-2.
Santiago Nieto usa el poder político de AMLO y fuera de cualquier procedimiento judicial, le dan la orden de que mienta y viole la Constitución.
La poca riqueza que hay en el Estado, además, acaba de irse con los 194 mil mdp de reducción en las ventas de Pemex.
Este martes 15 y miércoles 16 de septiembre, algunas estaciones del sistema de transporte colectivo metro permanecerán cerradas.
En Chapingo se ha convertido en delito una garantía individual constitucional: el derecho de cada quien a participar en el partido de su preferencia.
Debido a la pandemia por Covid-19, los panteones del área metropolitana de la capital permanecerán cerrados para impedir aglomeraciones y evitar más contagios de coronavirus.
Escrito por Redacción