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Opinión invitada
La denuncia contra López–Gatell
La ineficiencia y mala actuación del subsecretario de Salud, Hugo López Gatell, en el manejo de la emergencia sanitaria por Covid-19, lo ponen como el principal responsable de haber incurrido en varios delitos.


En medio de la polémica desatada por el estado de salud del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) y de su anuncio de que había redactado un testamento político para el caso de que muriera –acción irrelevante y carente de sentido porque nuestra Constitución define con claridad cómo y quién debe sustituirlo– se difundió que el pasado 24 de noviembre de 2021 había sido presentada una denuncia ante la Fiscalía General de la República (FGR) contra el doctor Hugo López-Gatell Ramírez, Subsecretario de Prevención y Promoción de la Secretaría de Salud (SS), interpuesta por varias familiares de personas fallecidas por Covid-19 en la que lo acusan por la comisión de algunos delitos, entre ellos homicidio, negligencia y omisión en el ejercicio de sus tareas como encargado de controlar la pandemia en México.

El asunto trascendió porque el 15 de diciembre de 2020 la FGR desestimó la denuncia sin haber realizado ningún acto de investigación por considerar que los hechos no constituyen delitos. Los denunciantes impugnaron tal decisión y lograron que el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal de la Ciudad de México los amparara y ordenara a la FGR que investigue los hechos denunciados. Es cierto que puede darse un nuevo carpetazo al asunto, pero también es claro que la ineficiencia de la emergencia sanitaria, tanto del Subsecretario López-Gatell como del Presidente, ha resultado incorrecta y que en su mala actuación ha podido incurrir en varios delitos. Veamos el caso.

El Artículo 302° del Código Penal Federal afirma: “Comete el delito de homicidio: el que priva de la vida a otro”. Muchas personas pensarán que no puede sostenerse que el Subsecretario es culpable del homicidio de los familiares de los denunciantes, ya que él no los privó directamente de la vida porque nada tuvo que ver con el surgimiento del Covid-19. Sin embargo, es importante recordar que el mismo Código Penal establece que puede cometer algún delito (entre ellos homicidio) quien incumple de manera injustificada un deber derivado de la ley, ya que pone en riesgo o afecta un bien jurídico protegido (por ejemplo, la vida de otro). En este caso se halla el Subsecretario López-Gatell, quien tiene obligaciones legales, de cuyo cumplimiento dependen la vida y la salud de los mexicanos en el contexto de la pandemia, entre ellas las establecidas en el Reglamento Interno de la SS, pues es el encargado del Gobierno Federal de dictar la estrategia sanitaria y decidir, con el Presidente, qué hacer y qué no hacer para evitar muertes y contagios en el país, cuántos recursos públicos destinar a la adquisición de pruebas, materiales médicos, medicinas, vacunas; asignar hospitales que atiendan a los pacientes de Covid-19 y, entre otras cosas, de restringir o no las actividades de la gente.

Para la mayoría de los mexicanos es un hecho público que, en vez de cumplir con su deber responsable y científicamente y seguir las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otros organismos internacionales para enfrentar la pandemia, desde el inicio de la emergencia sanitaria, el Dr. López-Gatell minimizó su gravedad y no destinó los recursos públicos suficientes para combatirla con el personal, los servicios de salud y el instrumental médico necesarios para atender a todos los enfermos. Por el contrario, en repetidas ocasiones declaró que el uso del cubrebocas no tenía utilidad; negó la necesidad de hacer pruebas para detectar casos; llamó a las personas con síntomas a que se quedaran en casa, por lo que miles han muerto y otras fallecieron porque acudieron tarde a los hospitales, etc. La actuación negligente del Dr. Hugo López-Gatell ha llevado a la muerte a miles de mexicanos, lo cual encuadra con lo señalado por la ley penal cuando expresa que “se comete un delito por lo omitido el cumplimiento de un deber legal”.

Por todo esto no es descabellado que se ordene investigar los hechos denunciados para determinar si la conducta del Subsecretario en el manejo de la pandemia constituye un delito, de ahí la determinación del Tribunal Federal que amparó a los denunciantes. Tal fallo es muy importante, pues la negligencia criminal del Gobierno Federal frente a la emergencia sanitaria ha costado la vida a miles de mexicanos y por ello debe ser castigada.


Escrito por Maribel Rodríguez

Abogada, especialista en Derecho Constitucional.


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