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Instruye INAI a Semar dar a conocer información sobre adquisición de vehículos equipados
El Pleno del INAI revocó la respuesta de la Semar y le instruyó proporcionar al particular los anexos de los contratos 13-SCN/018-2019 y 13-SCN/A049/2019.


La Secretaría de Marina (Semar) debe dar a conocer los contratos relacionados con la adquisición de vehículos terrestres con equipo tipo comando, sin testar las especificaciones técnicas de los vehículos ni los números de serie, y proporcionar una nueva versión pública de las facturas, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

“La médula del asunto se circunscribe a que agregue, añada aquello que no dio, y a que revise, porque según Compranet hubo operaciones que pudieron haber concluido en adquisición”, enfatizó el Comisionado Presidente del INAI, Francisco Javier Acuña Llamas, al presentar el asunto ante el Pleno.

El solicitante requirió las facturas por modelo, contrato, valor del vehículo y del equipo (tumbaburros, torreta, sirena, banca, lona y radio) en el que se detalle marca, modelo y costo por bien, en los últimos tres años; así como la copia del resguardo y del acta del subcomité de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios rentados o comprados.

La Semar reservó la información por un periodo de cinco años, argumentando que darla a conocer podría comprometer la seguridad nacional. Inconforme con esta respuesta, el solicitante interpuso un recurso de revisión ante el INAI.

En alegatos, el sujeto obligado remitió las facturas y contratos donde se especifica el valor del vehículo, equipo con que cuenta y modelo, correspondiente al año 2019 e informó que durante el ejercicio fiscal 2018 no se realizaron procesos de compra; sobre el presente año, indicó que se encuentra en proceso la adquisición, por lo que no se cuenta con la información requerida sobre este período.

Sobre el equipo, los tumbaburros, torretas, sirenas, bancas, lonas y radio, así como los números de serie de los vehículos reiteró que dichos datos son información reservada, pues su divulgación comprometería la seguridad nacional, ya que podría ocasionar riesgos en las operaciones, al personal naval y a la institución.

“Nosotros analizamos el asunto conforme a precedentes y tantos que existen en el caso y de ninguna manera pudimos colegir que se pusiera en peligro al personal que opera este tipo de equipos, porque es dable conforme a su misión, conforme a la naturaleza de su encomienda que los tenga”, Acuña Llamas.

La ponencia del Comisionado Presidente del INAI advirtió que en la página electrónica Compranet es posible acceder a información relacionada con las adquisiciones de vehículos; así como los anexos con las especificaciones técnicas de dichos vehículos, por lo que no resulta procedente clasificar la información como reservada.

Sobre el número de serie de los vehículos, la ponencia señaló que darlos a conocer no pone en riesgo las estrategias de acción de la Semar, pues únicamente constituye un número de identificación a fin de acreditar la autentificación del vehículo.

Por otra parte, determinó que resulta procedente la clasificación como confidencial del nombre de las personas físicas, pues es un dato personal que vincula a su titular con una situación específica; por lo que el sujeto obligado deberá realizarse una nueva versión pública de las facturas.

Por lo anterior, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la Semar y le instruyó proporcionar al particular los anexos de los contratos 13-SCN/018-2019 y 13-SCN/A049/2019, relacionados con la adquisición de vehículos terrestres tipo pick-up doble cabina, con equipo tipo comando, en los que no podrá testar las especificaciones técnicas de los vehículos ni los números de serie; así como las facturas AN19576 y AN20119, en las que únicamente podrá testar los nombres de personas físicas que aparecen en ellas. 


Escrito por Redacción


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