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Padrón de usuarios de telefonía celular de alto riesgo social
Para combatir realmente la extorsión telefónica, el gobierno debería procurar que los bloqueadores de señal celular funcionen en los penales, porque es ahí de donde se emite la mayoría de las llamadas.
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Jueces del Poder Judicial de la Federación (PJF), analistas especializados y organizaciones civiles, afirman que el padrón de usuarios de telefonía móvil recientemente incorporado a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión viola derechos constitucionales y pone en riesgo la seguridad de aquéllos, porque dicha base de datos podría ser filtrada al mercado negro y ser usada indebidamente.

El contenido de la legislación que da sustento al Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Celular Móvil, promulgada el 16 de abril de 2021, ha causado una oleada de demandas de amparo presentadas por particulares y organizaciones civiles; en tanto, jueces de distrito están otorgando suspensiones contra la aplicación de la citada legislación para salvaguardar los derechos ciudadanos.

Francisco Rivas, director general del Observatorio Nacional Ciudadano (ONC), organización civil especializada en temas de seguridad, justicia y legalidad, declaró a buzos que la creación del padrón de usuarios de celulares representa un alto riesgo social. “Yo tengo que confiarle mis datos biométricos a un particular (compañía telefónica), por los cuales pueden extorsionarme, pueden robarme la identidad, con los cuales se puede hacer un mal uso, no hay elementos de control”.

Rivas explicó que, si pretenden combatir el secuestro y la extorsión telefónica, no se necesita un padrón masivo de usuarios. “Tan es así que, por ejemplo, la mayor parte de las llamadas de extorsión en nuestro país provienen de los penales del país; no tienen control de los penales; si se quisiera combatir la extorsión, se debería empezar por ahí. Antes de generar cuestiones de datos biométricos puestos en manos de quién sabe quién, mejor me preocupo por tener un combate certero a un fenómeno mucho más complejo.

“Entonces, es una de las tantas ocurrencias que tienen nuestras autoridades, que no obedecen a un estudio, no hay nada demostrado que nos diga que, generado el padrón, en tantos meses vamos a tener una disminución de tal delito. Previo a la aprobación y publicación de la ley no hubo ningún ejercicio democrático (consultas a especialistas, debates) como han estado haciendo, como con la ley que reforma a la Fiscalía General de la Nación, con la Guardia Nacional, hacen todo exprés y mal hecho”, agregó el analista.

Rivas destaca que, para combatir realmente la extorsión telefónica, el gobierno debería procurar que los bloqueadores de señal celular funcionen en los penales, porque es ahí de donde se emite la mayoría de las llamadas con ese objetivo. Para hacer eso –destacó–, no necesitan más que aplicar la ley que ya existe en esa materia.

El director general del ONC comentó, sin embargo, que a las autoridades no parece importarles realmente combatir ese delito. “Los países que tienen este tipo de iniciativas son países no democráticos, entonces hace suponer que su interés no es democrático, es autoritario”.

Esta misma alerta fue generada por otros actos de contenido autoritario del gobierno encabezado por Andrés Manuel López Obrador (AMLO), como lo advirtió la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) en un comunicado fechado el 14 de abril de 2021, que se difundió con este claro mensaje: “La FGR adquirió equipo capaz de espiar ilegalmente a todos los usuarios de Internet en México”.

Geolocalización

R3D advierte que entre 2019 y 2020, la actual administración compró programas de geolocalización de teléfonos celulares y de análisis de datos masivos por medio de la Fiscalía General de la República (FGR), porque esa triangulación les permitió clasificar la información sobre esas compras con la etiqueta de “secrecía”, por ser de seguridad nacional, con lo cual se evita que esta dependencia sea obligada a transparentar tales operaciones.

Vigilancia autoritaria

R3D cita un reporte de investigación divulgado el 14 de abril de 2021 por el diario español El País, titulado La Fiscalía de México ha contratado en los dos últimos años programas para el espionaje masivo de teléfonos móviles, el cual revela que una compañía denominada Neolinx de México fue intermediaria en la compra de programas de espionaje masivo de la firma italiana Hacking Team, especializada mundialmente en el desarrollo de herramientas de ciberespionaje a gran escala.

Explicó que esto sucede a pesar de que, en campaña electoral, el Presidente ofreció que su gobierno no recurriría a esas prácticas de espionaje social, las cuales cuestionó cuando su antecesor, el priista Enrique Peña Nieto, adquirió herramientas digitales de ciberespionaje fabricadas por esa misma compañía italiana.

“(…) La vigilancia masiva e indiscriminada es una medida desproporcionada y violatoria de los derechos humanos. En ningún caso, la vigilancia masiva puede ser considerada legítima por parte del Estado, ya que toda acción de este tipo debe ser focalizada, justificada por circunstancias específicas de un caso concreto (…) incumple con los requisitos de necesidad y proporcionalidad; y así como ha quedado demostrado con anterioridad, tampoco es operada con previa autorización judicial, como exige la Constitución (…)”, precisa R3D.

Con este mismo objetivo –el combate a los delitos mediante telefonía celular– durante el sexenio panista de Felipe Calderón (2012-2018), en 2008 creó un padrón con el nombre Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Renaut), el cual fue cancelado en abril de 2011 debido a múltiples inconvenientes en su operación.

Se comprobó que la base de datos fue hackeada y se estaba vendiendo en el mercado negro. Además, también de acuerdo con R3D, durante el tiempo de aplicación del padrón, de 2008 a 2011, el delito de extorsión aumentó en 40 por ciento; y ocho por ciento en secuestro.

Datos

El Renaut generó problemas desde la recopilación, que no incluía datos biométricos como la iniciativa de 2021. Hubo usuarios que se quedaron sin teléfono por no contar con sus documentos en regla, debido a la falta de la cédula de identificación oficial CURP, la credencial para votar u otros documentos.

Se detectó, por ejemplo, que entre los usuarios de telefonía móvil había millones de adolescentes sin credencial para votar, porque tenían menos de 18 años; y que la población asentada en rancherías y comunidades rurales carecía de documentos para inscribirse en el padrón.

Al cumplirse el plazo límite para el registro de los datos, el padrón, la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) reportó que solo había recopilado datos del 30 por ciento del total de usuarios previsto; es decir, 25 millones 200 mil personas, con lo que el 70 por ciento de usuarios perdería su línea.

En aquel momento, como ahora está sucediendo, el padrón provocó una oleada de solicitudes de amparo, 370 mil usuarios que no querían perder su línea, así como organizaciones en defensa de los derechos civiles que denunciaron los riesgos derivados del inadecuado uso de los datos integrados en el padrón.

Por ello, en su sesión del 29 de abril de 2011, el Senado aprobó la cancelación del Renaut debido a las fallas encontradas, sobre todo por la filtración de los datos personales al mercado negro donde se vendían libremente. La Secretaría de Gobernación (Segob) reportó, el 15 de junio de 2012, haber destruido la base de datos del Renaut aunque, en los hechos, se hallaba en manos extrañas.

Experiencias negativas similares se han sufrido en Colombia, Argentina y Uruguay, donde los padrones no solo fallaron como presuntos instrumentos para evitar delitos como la extorsión y el secuestro, sino que generaron desorden en la operatividad de la información personal, además de crear un tráfico ilegal de chips.

El doctor Ramiro Bautista Rosas, abogado especialista en temas constitucionales y analista político, indicó a buzos que, formalmente, los datos personales deben estar asegurados; sin embargo, en los hechos, no se tiene un control estricto de los mismos. “En la realidad es difícil encontrar personas más o menos conocidas cuyos datos no se tengan” y comentó que tienen razón en inconformarse las personas que no tienen un perfil público.

Legislación muy controvertida

Desde diciembre de 2020, la organización R3D alertó sobre el nuevo intento de crear ese padrón de alto riesgo social, cuando la bancada de diputados federales del Movimiento Regeneración Nacional (Morena) y sus aliados aprobaron la iniciativa en la primera instancia.

Previo a su aprobación en el Senado, R3D divulgó el 16 de marzo de 2021 el análisis Senado debe desechar el dictamen sobre el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, en el que presentó las razones por las que el proyecto debía ser rechazado, destacando que este padrón pone en riesgo a la población al vulnerar sus datos personales.

Aprobada por la mayoría parlamentaria de Morena y sus aliados en el Congreso de la Unión, la reforma que enmarca al padrón de usuarios de telefonía celular fue publicada el 16 de abril de 2021 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y entró en vigencia al día siguiente, 17 de abril de 2021.

La reforma obliga a los operadores a recopilar la información de los usuarios de los aproximadamente 126 millones de aparatos telefónicos móviles, la mayoría del tipo smartphone, incluidos datos biométricos del usuario, como son tomas electrónicas de la configuración de su rostro, iris ocular y huellas dactilares (yemas de los dedos).

Establece la entrega y/o actualización de diversos datos personales, como el nombre completo del usuario, su CURP, identificación oficial, comprobante de domicilio, nacionalidad, número de teléfono, fecha y hora de activación del aparato. Estos requisitos para uso de celular se condicionan a la advertencia de que sin los datos completos, la compañía puede cancelar la línea.

De acuerdo con información divulgada por el actual titular del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), Adolfo Cuevas, para habilitar el equipo técnico requerido y los gastos de operación deberán utilizarse, al menos, 700 millones de pesos del presupuesto federal. Para iniciar los trabajos en el primer año, se destinarían 109 millones de pesos (mdp), luego 88 mdp anuales, además de otros 150 mdp para la contratación de al menos 150 nuevos funcionarios del IFT.

Datos

R3D también reportó que, de acuerdo con el estudio de 2016 Mandatory registration of prepaid SIM Cards, de la Asociación Mundial de Operadores de Telefonía (GSMA) –la cual reúne a 800 firmas del ramo en el mundo– no existen evidencias de que el registro obligatorio de tarjetas SIM reduzca el crimen.

La organización R3D indicó, además, que hay elementos para desestimar que la existencia de un padrón de usuarios impedirá la comisión de delitos con el uso de celulares, porque las organizaciones criminales usan diversas formas, técnicas y mecanismos para evadir la asociación de los teléfonos usados con su identidad, como la suplantación de números telefónicos, clonación de tarjetas SIM, el uso de servicios de voz por medio de IP (VoIP), así como el robo de teléfonos móviles.

También señalan que las autoridades investigadoras cuentan con diversas herramientas para combatir la extorsión y el secuestro, como el uso de la localización geográfica en tiempo real (geolocalización) de aparatos telefónicos móviles específicos y con la consulta de los datos que conservan las empresas operadoras sobre aparatos en renta y en prepago.

Destacó que incluso se permite que los ministerios públicos usen las técnicas de geolocalización sin autorización judicial previa, solamente en casos de emergencia, como ante la ejecución de un delito de extorsión, aunque la medida, de cualquier modo, queda sujeta a la ratificación de jueces de control especializados. La R3D afirmó, además, que la ausencia de controles democráticos para el uso de esas facultades de investigación digital ha provocado severos abusos.

La agrupación reportó que, de acuerdo con solicitudes de acceso a la información recabada, el 85 por ciento de las ocasiones que se usaron esas técnicas de geolocalización reservadas para casos de emergencia, fue sin autorización judicial previa; y el 45 por ciento de las consultas a datos conservados por las telefónicas no fueron ratificados posteriormente por un juez de control.

Oleada de amparos

El 16 de abril de 2021, una vez publicada, la controvertida legislación, se generó una ola de solicitudes de amparo, tanto de ciudadanos como de organizaciones civiles. El 19 de abril, el despacho Trusan y Roma Abogados presentó una primera demanda de amparo de una serie de éstas, según tenían programado, argumentando que la nueva disposición legal pone en riesgo los datos personales de los usuarios de celulares, incluidos los biométricos, que deben entregarse a la compañía telefónica, bajo la advertencia de que perderán su línea quienes no den sus datos. La organización R3D también anticipó la presentación de este tipo de recursos legales.

El 21 de abril de 2021, Juan Pablo Gómez Fierro, juez segundo de distrito, especializado en materia administrativa y competencia económica, otorgó una primera suspensión de la aplicación de la legislación en favor de un ciudadano que demandó el amparo judicial; y el 23 de abril otorgó otras cinco.

El juez Gómez Fierro explicó que concedió las suspensiones de la aplicación de la mencionada ley del padrón en el caso de cada demandante de amparo en lo particular debido a que la entrega de los datos citados podría no ser idónea ni proporcional.

También porque no se aprecia una relación directa entre la existencia del padrón y la ejecución de una mejor investigación para delitos de extorsión y secuestro. Insistió que no se entiende en qué medida podría favorecer la persecución de delitos.

Además, agregó que la advertencia de que el usuario perderá su línea si no proporciona los datos solicitados perjudicaría su derecho al acceso a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, lo cual se asociaría con violaciones del derecho ciudadano al acceso a información oportuna y plural, y de buscar y difundir información e ideas bajo la protección del Artículo 6° Constitucional.

Luis Fernando García, director de la organización R3D, anticipó, el dos de abril, la activación de una plataforma digital para ayudar a los ciudadanos inconformes a presentar una demanda de amparo para evitar que les cancelen su línea telefónica si se niegan a entregar sus datos.

También previó que pedirán a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y al Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI) que presenten recursos de inconstitucionalidad contra la legislación.


Escrito por Martín Morales


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