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El 1 de diciembre de 2022, el licenciado Everardo Lara Covarrubias, asesor jurídico de la Defensoría Nacional de los Trabajadores, abordó el tema acerca del aguinaldo de este año, ¿quién tiene derecho a recibirlo?, ¿a cuánto asciende y cómo se calcula?, ¿cuánto van a pagar? Además, analizó los factores que contribuyen a que el aguinaldo, en términos reales, sea pura ilusión ante tan amarga situación económica que padecen los trabajadores.
Quienes tienen derecho al aguinaldo son aquellas personas que se encuentran sujetas a una relación de trabajo. Esto es, quienes realizan un trabajo personal subordinado al servicio de un patrón (ya sea persona física, institución o empresa) y reciban a cambio un sueldo o salario. Como podemos entender fácilmente, esto excluye a todos los trabajadores independientes, que trabajan por su cuenta o por honorarios; y que, en consecuencia, no recibirán aguinaldo alguno.
De los dos regímenes laborales que existen en nuestro sistema labora, privado y gubernamental, explicó con detenimiento de “todos los que se encuentran en el apartado A) del artículo 123 de nuestra Constitución, que son la mayoría de los trabajadores que laboran para un patrón”.
“Sujetos la Ley Federal del Trabajo, en el artículo 87 dicho ordenamiento jurídico establece que: ´Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos”, mencionó.
Los que no hayan cumplido el año de servicio, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste, por lo tanto, tienen derecho al aguinaldo todos los trabajadores ya sean de base o de confianza, de planta o eventual, por obra o tiempo determinado, tengan o no contrato de trabajo, hayan trabajado todo el año o solo una parte del mismo, se encuentren laborando o no en el momento del pago, hayan sido despedidos o hayan renunciado voluntariamente a su trabajo, siempre y cuando hayan trabajado una parte del año.
Para responder cuánto le toca a un trabajador de aguinaldo, explicó algunos factores. “Primero, tu pago semanal divídelo entre 7 y ese será tu salario base. Segundo, la ley laboral establece como mínimo 15 días de aguinaldo, es decir, dicha cantidad puede y debe aumentarse en los Contratos Colectivos de Trabajo que se revisan cada dos años. Tercero, necesitas saber cuántos días trabajaste durante el año. Para estos efectos, no se contabilizan como faltas los 84 días naturales que les otorga el IMSS a las mujeres como incapacidad por maternidad ni tampoco se considerarán como faltas las incapacidades por riesgo de trabajo ni los permisos con goce de sueldo.”
“Con estos datos, el cálculo del aguinaldo es más fácil de lo que parece. El procedimiento es el siguiente: multiplicas tu salario diario por el número de días de aguinaldo que se otorga en la empresa. Ese será el aguinaldo para quienes hayan trabajado todo el año. Ahora bien, si solo trabajaste una parte del año: divide el aguinaldo completo entre los 365 días. La cantidad obtenida será tu ahorro diario para el aguinaldo. Luego, multiplicas tu ahorro diario por el número de días trabajados, y ya está, esa será la parte proporcional del aguinaldo que te corresponda por el tiempo trabajado”, subrayó Lara Covarrubias.
Para obtener la cantidad neta que recibirás es necesario conocer el pago de impuestos. Sobre el aguinaldo se paga el impuesto sobre la renta (ISR), solo está exento del impuesto el equivalente a 30 UMAs, que para este año dicha cantidad es de dos mil 925 pesos. Sobre el excedente se calcula el impuesto, te lo retiene el patrón y lo entrega al fisco.
A estas alturas, muchos trabajadores estarán pensando que el dinero extra que recibirán por concepto de aguinaldo es muy poco: que no les va a alcanzar para pagar la renta, pagar deudas, y, ni siquiera para una modesta cena de navidad o de año, nuevo para la familia. Sobre los regalos ni hablar. Un obrero lo describió así: “Para mí, la navidad es una época muy triste. Los aparadores colmados de mercancías, las plazas comerciales llenas con gente de dinero. Para mí, solo la miseria que me acompañó todo el año y que ahora se hace más cruel ante la abundancia de otros". Ésta es la amarga realidad para millones de familias mexicanas que no tendrán una feliz navidad y próspero año nuevo.
De esta situación, el presidente de la República y su cohorte de aduladores ni se enteran. De acuerdo al presupuesto de 2023 —aprobado hace unos cuantos días—, el presidente recibirá el próximo año mil 864 625 pesos, ya descontados los impuestos. Como aguinaldo recibirá 95 mil 580 pesos y una prestación denominada “gratificación de fin de año” de 256 mil 119 pesos. Es decir, sólo en diciembre del próximo año el presidente tendrá como ingreso la suma de 351 mil 699 pesos por ambos conceptos (política.expansion.mx, del 9 de septiembre del 2022).
Detalló que los diputados federales, que tienen la gracia de fijar su propia remuneración, se asignaron para el próximo año un aguinaldo de 140 mil 504 pesos; además tendrán una rara prestación de 69 mil 305 pesos para compensar el ISR. A los senadores les va todavía mejor, contarán con un aguinaldo de 344 mil 877 pesos (casi el doble que los diputados).
Para los trabajadores no se agrega ni un solo día más de aguinaldo en más de 50 años de vigencia de la ley. La razón es clara, no se quiere incomodar a los verdaderos beneficiarios del régimen: los ricos potentados de este país”.
Así, el licenciado Lara Cobarrubias exhortó a los trabajadores a “no confiar en un gobierno hecho de mentiras y que nos mantiene en el mayor desamparo. Una vida mejor es posible, fruto de la unidad y la lucha de los trabajadores”.
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Escrito por Redacción