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La “consulta popular” del presidente Andrés Manuel López Obrador para llevar a juicio a los expresidentes es “para ese caso concreto, absolutamente inviable, la propia Constitución establece como uno de los requisitos que no se sometan los derechos humanos y los mecanismos para su protección y está claro que el debido proceso es un derecho humano y se estaría vulnerando, toda vez que se estaría prejuzgando sobre alguna supuesta responsabilidad a los ex presidentes”, dijo Marco Pérez, especialista de la Facultad de Derecho de la Universidad La Salle a Forbes México.
Este día venció el plazo para que ciudadanos organizados recabaran 1 millón 800,000 firmas para solicitar una consulta ciudadana para llevar a juicio a ex presidentes mexicanos, pero desde ayer integrantes del Congreso de la Unión y el propio presidente Andrés Manuel López Obrador predecían el fracaso de este “esfuerzo ciudadano”.
Sin embargo, este no será el único esfuerzo para llevar a cabo dicha consulta. Tanto en el Senado de la República, encabezado por Ricardo Monreal, líder de Morena en la Cámara Alta; como del propio López Obrador han señalado que tienen preparados borradores de la petición para solicitar que se lleve a cabo esta consulta.
Pese a ello, es muy probable que cualquier intento por hacer una consulta popular para enjuiciar a ex presidentes no prospere, advierte Marco Pérez, quien incluso califica a estos ejercicios como “politiquería barata”.
“La consulta popular para ese caso concreto es absolutamente inviable, la propia Constitución establece como uno de los requisitos que no se sometan los derechos humanos y los mecanismos para su protección y está claro que el debido proceso es un derecho humano y se estaría vulnerando, toda vez que se estaría prejuzgando sobre alguna supuesta responsabilidad a los ex presidentes”, señaló.
En diversas plazas públicas del país se instalaron carpas apoyados por mantas, audios e imágenes invitaban a los peatones a sumarse a la solicitud de enjuiciar a los ex presidentes. Uno de los lugares en donde más espacios se han instalado es el Zócalo de la Ciudad de México.
El artículo 35 de la Constitución señala que las consultas populares serán convocadas por el Congreso de la Unión a petición del Presidente de la República, el equivalente al 33% de los integrantes de cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión o los ciudadanos, en un número equivalente de 2% de los inscritos en la lista nominal de electores.
En caso de que se concrete la convocatoria, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tendría que revisar la redacción de la pregunta para asegurarse de que no se trate de una pregunta tendenciosa o vulnere algún derecho.
Peréz además destaca que es obligación de las instancias gubernamentales denunciar ante la Fiscalía General de la República (FGR) si es que cuentan con indicios de que algún funcionario o exfuncionario han cometido delitos, sin necesidad de que medie una consulta ciudadana.
La constitución también establece que para que los resultados de una consulta sean vinculantes tendrá que registrar al menos 40% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal y será el Instituto Nacional Electoral quien tenga a su cargo la organización de éstas.
Pérez agrega un elemento más: en caso de que prospere la consulta es muy probable que los delitos de ex presidentes previos a Enrique Peña Nieto, ya hayan prescrito, a menos que sea acusaciones de delitos de lesa humanidad. (Forbes México).
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Escrito por Redacción