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El viernes pasado concluyó el plazo para que las organizaciones que buscan constituirse como partido político solicitaran al Instituto Nacional Electoral (INE) su registro, sólo siete organizaciones presentaron su solicitud después de haber celebrado su Asamblea Nacional Constitutiva.
“Ninguna organización puede decir que ya cumplió con la totalidad de los requisitos y menos aún que tiene asegurado su registro como partido político. Toda la información entregada al INE es considerada de carácter preliminar, es decir, deberá pasar un proceso riguroso de verificación en el que la autoridad determinará su validez”, informó el instituto en un comunicado.
Entre los requisitos que revisará se encuentra: la doble afiliación, es decir no puede concebirse a una afiliación como válida sino hasta que la autoridad electoral termine con la revisión de estos registros y pueda tener certeza sobre la última voluntad de las y los ciudadanos que se “afiliaron” a más de una organización o partido político con registro vigente.
Los nombres de las organizaciones que han llegado hasta esta etapa son: Encuentro Solidario, con el nombre preliminar como partido como Partido Encuentro Social; los otros son: México, Partido Político Nacional, Redes Sociales Progresistas, México Libre, Fuerza Social por México, Alternativa PPN y Súmate.
El INE dio a conocer que los cruces continuos durante todo el proceso, pueden representar movimientos importantes en las asambleas que preliminarmente se consideraban como “celebradas”, y cambiar su estatus a “canceladas” si las afiliaciones disminuyen de 300, en el caso de las asambleas distritales y de 3 mil para las asambleas estatales, al no cumplir con el número mínimo exigido por la ley.
Mientras que las inconsistencias en las afiliaciones, no pueden considerarse válidas las afiliaciones que presenten inconsistencias. Las organizaciones podrán revisar estos casos, si así lo desean, en garantía de audiencia una vez que se les notifique el listado preliminar de afiliaciones.
Actos prohibidos en las asambleas o participación de entes prohibidos: Las asambleas pueden ser canceladas (y por tanto sus afiliaciones) si la autoridad determina que la organización incurrió en actividades prohibidas durante su celebración (rifas, conciertos, promesas materiales o monetarias, entre otras). De igual forma, el INE verificará que no haya existido la injerencia de una organización gremial o con interés distinto a la creación de un nuevo partido político nacional o que se hubiesen dado afiliaciones corporativas y, en caso de acreditarse, impondrá la sanción correspondiente.
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Con base en lo anterior, ninguna organización puede asegurar que ya cumplió con todos los requisitos o que su registro es inminente, pues esa es una declaración que le corresponde exclusivamente al Consejo General del INE.
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Escrito por Redacción