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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discute este lunes cinco proyectos relacionados con el derecho de las personas con discapacidad a ser consultadas antes de la aprobación de medidas legislativas que puedan afectarles, en un debate que vuelve a confrontar posiciones dentro del Pleno.
Las propuestas, elaboradas por las ministras Yasmín Esquivel Mossa y María Estela Ríos González, así como por el ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía, plantean mantener la obligatoriedad de la consulta y avanzar en su reconocimiento como un derecho sustantivo autónomo, además de establecer mecanismos para evitar que la invalidez de una norma genere afectaciones a las personas con discapacidad.
El criterio de la Corte establece que las autoridades deben consultar a este sector cuando se prevean medidas legislativas susceptibles de afectarles directamente. La obligación deriva, entre otras disposiciones, del artículo 4.3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Entre los proyectos analizados se encuentra el relativo a Chiapas, de Esquivel Mossa, que plantea invalidar disposiciones sobre voluntad anticipada por afectar la capacidad jurídica de personas con discapacidad y mantener durante 12 meses otras normas relacionadas con discapacidad auditiva y visual, a fin de evitar la pérdida de posibles beneficios mientras se realiza una consulta.
En el caso de Durango, también de Esquivel Mossa, se propone invalidar la figura de estudiantes como auxiliares o “maestros sombra” debido a la falta de consulta, con efectos diferidos durante un año.
La propuesta de Ríos González sobre Tamaulipas plantea mantener temporalmente una cuota de 3 por ciento de empleos públicos para personas con discapacidad, pero eliminar una certificación considerada discriminatoria. En otro proyecto, relativo a Aguascalientes, propone invalidar disposiciones sobre matrimonio, adopción, tutela y patria potestad aprobadas sin consulta.
El proyecto de Figueroa Mejía, correspondiente a Morelos, plantea invalidar una ley relacionada con personas con espectro autista por falta de consulta, pero aplazar durante 12 meses los efectos de la decisión para evitar un vacío legal.
Los proyectos retoman un criterio que la Corte ha considerado como una formalidad esencial del procedimiento legislativo. En septiembre de 2025, durante la discusión de un asunto relacionado con este derecho, el Pleno planteó que la consulta debe exigirse cuando las normas afecten directamente los intereses de las personas con discapacidad.
El debate contrasta con la propuesta presentada por la ministra Lenia Batres Guadarrama en 2025, relacionada con la Ley Orgánica de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Michoacán. Su planteamiento busca que la falta de consulta no implique automáticamente la invalidez de una norma cuando ésta resulte benéfica o incremente la protección de los derechos de las personas con discapacidad.
La propuesta de Batres provocó en octubre de 2025 la primera audiencia pública de la actual integración de la Corte sobre este tema, con la participación de 89 personas con discapacidad y especialistas. La mayoría de las intervenciones cuestionó su proyecto y defendió la obligatoriedad de la consulta previa.
El planteamiento de la ministra ha generado diferencias principalmente con Esquivel Mossa y Figueroa Mejía, quienes han sostenido que flexibilizar la consulta podría restringir ese derecho.
El nuevo debate ocurre además días después de que Batres acusara a sus compañeros de tener una “animadversión insana”, luego del rechazo a uno de sus proyectos en el Pleno, en una nueva confrontación al interior de la Suprema Corte
Tras 15 años de litigio, Huitosachi, Bacajípare y Mogótavo denuncian incumplimiento de resolución judicial.
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Escrito por Abigail Cruz Guzmán
Reportera