La Suprema Corte validó que las candidaturas independientes deben competir de manera individual y autónoma, aunque anuló sanciones basadas en la “percepción” de que varios aspirantes forman una misma identidad o bloque.
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló la auditoría que la Auditoría Superior del Estado de Guerrero realizó al Ayuntamiento de Acapulco sobre 898 millones 633 mil 453 pesos destinados a la reconstrucción tras el paso del huracán Otis, al determinar que los recursos federales solo pueden ser fiscalizados por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) cuando no existe un convenio de coordinación vigente.
Al resolver la Controversia Constitucional 174/2025, el máximo tribunal dio la razón al municipio y declaró inconstitucionales tanto el informe de auditoría como el oficio mediante el cual se notificó el inicio de la revisión, dejando sin efectos las observaciones derivadas de ese procedimiento.
Los recursos auditados provenían del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FAISMUN) y estaban destinados a obras de infraestructura social y reconstrucción tras el desastre provocado por Otis.
La Auditoría Superior de Guerrero inició la revisión en marzo de 2024, seis meses después del huracán. Sin embargo, el Ayuntamiento de Acapulco se negó a atenderla al sostener que, por tratarse de recursos federales, la facultad de fiscalización correspondía exclusivamente a la ASF. La SCJN respaldó ese argumento.
Con la resolución, el gobierno estatal queda impedido para realizar cualquier acto derivado de la auditoría y las presuntas irregularidades detectadas en el manejo de los recursos pierden efectos jurídicos.
El fallo se suma a otros criterios recientes del tribunal. Semanas antes, la Corte invalidó una auditoría estatal sobre recursos federales en el municipio de Contla de Juan Cuamatzi, Tlaxcala, dentro de la Controversia Constitucional 245/2025. Asimismo, la resolución sigue la línea adoptada en la Controversia Constitucional 248/2025 promovida por el municipio de Atlangatepec.
En los tres casos, el elemento central fue la inexistencia de un convenio vigente entre la ASF y las autoridades estatales que permitiera la fiscalización coordinada de recursos federales.
Especialistas en rendición de cuentas han advertido que este criterio puede debilitar la coordinación del Sistema Nacional de Fiscalización, al impedir que los estados revisen el ejercicio de fondos federales en municipios cuando no exista un acuerdo previo con la ASF.
La decisión también plantea desafíos operativos, ya que la ASF tendría que asumir en exclusiva las revisiones de estos recursos, pese a las limitaciones de capacidad y cobertura que enfrenta para auditar miles de municipios en el país.
Tras el fallo, la auditoría estatal sobre los casi 900 millones de pesos destinados a la reconstrucción de Acapulco queda definitivamente anulada. Ahora, cualquier revisión sobre el destino de esos recursos dependerá únicamente de la ASF, mientras Guerrero y la federación enfrentan presión para formalizar convenios que permitan evitar escenarios similares en futuras emergencias.
La Suprema Corte validó que las candidaturas independientes deben competir de manera individual y autónoma, aunque anuló sanciones basadas en la “percepción” de que varios aspirantes forman una misma identidad o bloque.
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Escrito por Abigail Cruz Guzmán
Reportera