La Suprema Corte validó que las candidaturas independientes deben competir de manera individual y autónoma, aunque anuló sanciones basadas en la “percepción” de que varios aspirantes forman una misma identidad o bloque.
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó por unanimidad la extinción de 109 fondos y fideicomisos decretados en 2020 por el expresidente de México, Andrés Manuel López Obrador (AMLO).
Entre los fideicomisos eliminados se encuentran el Fondo de Desastres Naturales (FONDEN); el Fideicomiso Fondo de Inversión y Estímulos al Cine (FIDECINE); el Fondo para el Deporte de Alto Rendimiento; el Fondo para el Cambio Climático, así como los fondos del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt).
La decisión se tomó después de resolver ocho controversias constitucionales promovidas por gobiernos estatales, que argumentaban que la medida vulneraba competencias estatales y el federalismo.
Entre los argumentos presentados por el máximo tribunal del país se encuentra que la extinción de los fideicomisos no invadió competencias constitucionales de los estados ni transgredió el principio de división de poderes ni el federalismo.
Por su parte, la Auditoría Superior de la Federación evidenció que los fondos y fideicomisos presentaban al menos nueve deficiencias, entre ellas la falta de controles de vigilancia, el manejo discrecional de los recursos y una escasa rendición de cuentas. Asimismo, determinó que estos fideicomisos fueron utilizados para evitar la transparencia en el ejercicio de los recursos de la nación.
Finalmente, la SCJN aún tiene pendiente resolver una acción de inconstitucionalidad promovida por senadores de oposición, cuyo proyecto también será presentado por el ministro Arístides Guerrero.
La Suprema Corte validó que las candidaturas independientes deben competir de manera individual y autónoma, aunque anuló sanciones basadas en la “percepción” de que varios aspirantes forman una misma identidad o bloque.
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Escrito por Abigail Cruz Guzmán
Reportera