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Ciudad de México. - La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló un fallo acerca de que ninguna persona tiene derecho a revisar el correo electrónico o las cuentas de comunicación ajenas sin la autorización de la persona dueña de dicho perfil.
Ahora ninguna persona podrá revisar la información del celular o cuenta electrónica de su pareja o familiar. Entre este tipo de información destacan mensajes de texto, mensajes de WhatsApp, Facebook, Twitter, Messenger, Instagram, Hotmail, Gmail u otro tipo de plataforma de comunicación.
"Para salvaguardar el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas, se determinó que está prohibido grabar, almacenar, leer o registrar, sin el consentimiento de los interlocutores, una comunicación ajena", detalló la SCJN en un comunicado oficial.
El fallo se dio luego de analizar el caso de un hombre que imprimió correos electrónicos de su esposa para usarlos como prueba de que le estaba siendo infiel y así obtuviera el divorcio y la custodia de sus hijos.
Todo se remonta a un caso del año 2007 cuando este hombre imprimió más de 300 correos electrónicos de la cuenta Hotmail de su entonces pareja para comprobar el adulterio con el instructor de golf de la unidad habitacional. En el juicio de divorcio las pruebas obtenidas ilegalmente fueron desechadas.
"En definitiva, todas las formas existentes de comunicación y aquellas que sean fruto de la evolución tecnológica, deben quedar protegidas por el derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas", precisó la SCJN en un comunicado.
El Pleno declaró inconstitucional el artículo 142, fracción I, de la Ley de Instituciones de Crédito
Exhortó a los padres de familia a redoblar esfuerzos en el cuidado y guía de sus hijos, con el propósito de que tomen el camino de los vicios “en estos tiempos en que la ley se convierte en puerta de acceso a ellos”.
“Si se respetase la Constitución no debiese admitirse la renuncia de Arturo Zaldívar como ministro de la Corte, dado que no expone alguna causa grave: el Presidente no debería aceptarla, ni el Senado aprobarla.
En los proyectos de resolución de las tres consultas asignadas a la ministra Yasmín Esquivel, se propone desechar las solicitudes de los juzgadores federales.
El colectivo “Alto a las injusticias en Veracruz” denunció que se han abierto las puertas a detenciones arbitrarias y violaciones a derechos humanos.
Esta decisión surgió por la posible violación a la autonomía judicial y a la división de poderes.
Fue durante el mandato del actual jefe del Ejecutivo que fue visible el fortalecimiento presupuesto de las Fuerzas Armadas y el simultáneo debilitamiento de las policías locales.
Esta es la mayor reforma al sistema desde la llevada a cabo por el presidente Ernesto Zedillo en 1994, la cual resultó en la formación del Consejo de la Judicatura Federal y la reestructuración de la Corte.
Especialistas de México, Argentina, Perú y Colombia, exhortaron a los ministros de la SCJN a negar el amparo contra el etiquetado frontal a empresas que cuestionan su constitucionalidad.
El proyecto no alcanzó la mayoría calificada de ocho votos para declarar la invalidez de la reforma judicial
Trabajadores del PJF realizaron este martes, por segundo día consecutivo, bloqueos a la vialidad en diferentes puntos de la CDMX. Exigen el cese de las medidas anunciadas por López Obrador y Morena.
A la manifestación se sumaron trabajadores del Poder Judicial de otros estados entre ellos, Durango, Oaxaca y Querétaro.
La SCJN desechó la propuesta de la Ministra Yasmín Esquivel, quien considera que el programa “Quédate en México” no viola los derechos humanos de las personas migrantes.
Desde el 15 de septiembre hasta el 3 de octubre, se han admitido 138 demandas de amparo en contra de la reforma judicial.
Ciudad de México.- La Primera Sala estableció que la infidelidad sexual en el matrimonio, por sí misma, no puede ser considerada un hecho ilícito.
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Escrito por Redacción