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Ciudad de México. - La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló un fallo acerca de que ninguna persona tiene derecho a revisar el correo electrónico o las cuentas de comunicación ajenas sin la autorización de la persona dueña de dicho perfil.
Ahora ninguna persona podrá revisar la información del celular o cuenta electrónica de su pareja o familiar. Entre este tipo de información destacan mensajes de texto, mensajes de WhatsApp, Facebook, Twitter, Messenger, Instagram, Hotmail, Gmail u otro tipo de plataforma de comunicación.
"Para salvaguardar el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas, se determinó que está prohibido grabar, almacenar, leer o registrar, sin el consentimiento de los interlocutores, una comunicación ajena", detalló la SCJN en un comunicado oficial.
El fallo se dio luego de analizar el caso de un hombre que imprimió correos electrónicos de su esposa para usarlos como prueba de que le estaba siendo infiel y así obtuviera el divorcio y la custodia de sus hijos.
Todo se remonta a un caso del año 2007 cuando este hombre imprimió más de 300 correos electrónicos de la cuenta Hotmail de su entonces pareja para comprobar el adulterio con el instructor de golf de la unidad habitacional. En el juicio de divorcio las pruebas obtenidas ilegalmente fueron desechadas.
"En definitiva, todas las formas existentes de comunicación y aquellas que sean fruto de la evolución tecnológica, deben quedar protegidas por el derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas", precisó la SCJN en un comunicado.
Xóchitl Gálvez aseguró que AMLO trata de debilitar al máximo tribunal del país, nombrando a una persona que es “cercana” a los intereses del gobierno federal y del mismo mandatario.
El "Viernes Negro", Morena aprovechó la ausencia de la oposición para autorizar 20 iniciativas sin tomar en cuenta dictámenes, debates o consultas.
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Ciudad de México.- La Primera Sala estableció que la infidelidad sexual en el matrimonio, por sí misma, no puede ser considerada un hecho ilícito.
El Pleno declaró inconstitucional el artículo 142, fracción I, de la Ley de Instituciones de Crédito
Exhortó a los padres de familia a redoblar esfuerzos en el cuidado y guía de sus hijos, con el propósito de que tomen el camino de los vicios “en estos tiempos en que la ley se convierte en puerta de acceso a ellos”.
Mario Aburto fue condenado por el asesinato del candidato del PRI a la Presidencia de la República, Luis Donaldo Colosio.
Trabajadores del PJF realizaron este martes, por segundo día consecutivo, bloqueos a la vialidad en diferentes puntos de la CDMX. Exigen el cese de las medidas anunciadas por López Obrador y Morena.
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Los legisladores electos del PAN firmaron un compromiso para mantener la unidad y lealtad ante cualquier circunstancia.
Especialistas en energéticos aseguran que la reforma de AMLO pondrá en manos de la CFE la producción monopólica de la electricidad a pesar de carecer de la infraestructura para generar el volumen necesario y satisfacer la demanda nacional.
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Escrito por Redacción