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Obreros sin prestaciones ni seguridad social
Para los 10 millones que trabajan en microempresas, y muy probablemente también para los cuatro millones de las pequeñas, la Ley Federal del Trabajo (LFT) es letra muerta.
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Mario vive en La Paz, pero trabajaba en una maquiladora de pantalones en Tecamachalco, Estado de México (Edomex), donde se asientan tanto fabricantes trasnacionales que envasan químicos y refrescos como micro y medianas empresas que se dedican a maquilar juguetes, ropa, etcétera. No tenía salario fijo, seguro social, servicio médico, prestaciones, sus jornadas de trabajo eran de 10 horas; y a veces, cuando sus hijos enfermaban, las extendía a 12 o más horas. Por esta razón veía con envidia a los trabajadores de una refresquera vecina en la que sí respetaban los derechos laborales. Un buen día se cansó de sus precarias condiciones y de los maltratos de su patrón.

Pero el abogado que contrató para interponer la demanda laboral lo vendió; y cuando le ofrecieron cinco mil pesos a cambio de su desistimiento, “no le quedó de otra” que dejar atrás cuatro años de trabajo.

Con ese dinero y lo aprendido, Mario puso un taller de costura y, desde entonces, se dedica a maquilar ropa con su esposa; intentan olvidar a su pequeña que murió por falta de atención médica en el Seguro Social.

En la misma situación laboral que viviera Mario se encuentran hoy casi 10 millones de trabajadores en el país, quienes seguramente desconocen que el salario recibido por ocho horas de trabajo equivale al pago de apenas nueve minutos, según el Centro de Análisis Multidisciplinario (CAM) de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

Cuando Mario trabajó en la maquiladora desconocía, como la mayoría de los obreros, que su salario se desquita en nueve minutos, según el boletín de 2012 del Centro de Análisis Multidisciplinario (CAM) de la UNAM, es decir, que siete horas con cincuenta y un minutos es la parte con la que se queda el patrón. Pero un ejercicio con trabajadores de la cervecería Modelo en su planta de Zacatecas, elaborado en 2018 por el economista Brasil Acosta Peña, reveló que, en casi un minuto, el trabajador “repone lo que cuesta su fuerza de trabajo, de manera que trabaja de forma gratuita para el patrón prácticamente las otras siete horas y 59 minutos”.

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) reveló que en 2021 operaban en México 280 mil 489 empresas, de las cuales 148 mil eran micro (52.8 por); 99 mil pequeñas (35.3 por ciento); 19 mil medianas (6.9 por ciento) 14 mil grandes (5.1 por ciento).

En un informe del 25 de junio de 2020, este organismo difundió que de las 26 millones 561 mil personas que trabajan en todas las ramas productivas, 37.8 por ciento lo hacía en micro empresas, que ocupaban a 10 millones de trabajadores (de uno a 10 empleados en cada una); el 14.7 por ciento en pequeñas, casi cuatro millones (de 11 a 50 personas por empresa); el 15.9 por ciento en medianas, cuatro millones 223 mil (de 51 a 250); y 31.6 por ciento en empresas grandes, que empleaban a ocho millones 393 mil trabajadores, con más 251 personas en cada una.

Para los 10 millones que trabajan en microempresas, y muy probablemente también para los cuatro millones de las pequeñas, la Ley Federal del Trabajo (LFT) es letra muerta; para ellos, la jornada de ocho horas, el seguro social, el pago de tiempo extra y las vacaciones significan una ilusión; muchas veces tampoco reciben aguinaldo ni cuentan con equipos de protección, y muchos de ellos tienen que llevar sus propias herramientas en la mochila; además, ocupan hasta seis horas diarias para ir y volver de sus centros laborales; usan vehículos de transporte inseguros; pagan pasajes caros; no se alimentan adecuadamente y habitan viviendas pobres empotradas en algún cerro, colgadas en barrancas o al borde de cauces en los arroyos o ríos.

La realidad laboral actual

Para el maestro en derecho penal por el Instituto Nacional de Ciencias penales (Inacipe) y director del Despacho Jurídico Nacional (DJN), Everardo Lara Covarrubias, “el gobierno actual presume mucho las reformas laborales; pero hay que considerar que las inició Enrique Peña Nieto, que tampoco fueron gracia de él porque derivaron del condicionamiento del Tratado México Estados Unidos y Canadá (TMEC); pero que ahora Andrés Manuel López Obrador (AMLO) exalta como si fueran el gran éxito de su gobierno”.

Lara Covarrubias explica que, anteriormente, las Juntas de Conciliación y Arbitraje (JCA) se hallaban dentro de una institución jurídica que conciliaba y arbitraba los conflictos laborales; pero sus resoluciones eran ampliamente criticadas debido a que en ellas imperaba la corrupción. Uno de los críticos más constantes de la JCA era Arturo Alcalde Justiniani, padre de Luisa María Alcalde Luján, hasta hace poco Secretaria del Trabajo y Previsión Social y actual titular de la Secretaría de Gobernación (Segob). 

Uno de los cambios en la legislación del trabajo realizados en el sexenio anterior fue la creación del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, cuya tarea consiste en recibir las quejas laborales; cuando éstas no se resuelven, los casos pasan a los tribunales de Conciliación y Arbitraje, que ahora dependen del Poder Judicial y de una Junta de Gobierno que presume de “autónoma”, pero que curiosamente está integrada con secretarios de Estado y funcionarios de primer nivel del Gobierno Federal.

Es por todo esto, revela el director del Despacho Jurídico Nacional que, en las “nuevas” instituciones imperan “los mismos vicios y en algunos casos las mismas personas que tanto criticaba Alcalde Justiniani cuando su familia no formaba parte del gobierno de AMLO.

Lara Covarrubias afirma que hoy es tal la cantidad y la vulgaridad de las “chicanadas”, que incluso han llegado a impedir declaratorias de huelga por la omisión de detalles irrelevantes; y citó el caso del emplazamiento a huelga de la textilera KDF, en el municipio poblano de Atlixco, que fue enviado por el “juez” al archivo “porque no coincidía el número de folio”.

Una vez señalado el error, sólo atinó a decir: “Ah, usted disculpe, pero no vuelve a ocurrir”. Sin embargo, en la siguiente cita, el funcionario judicial adujo que el domicilio “no coincidía”; nuevamente corrigió el “error y así se la han ido llevando”. 

Lara Covarrubias destacó que la Confederación Revolucionaria de Trabajadores (CRT) representa a los trabajadores de KDF y no desiste en la defensa de los derechos laborales de sus afiliados, a pesar de que el gobierno está empeñado en defender los intereses de los empresarios y las nuevas disposiciones en materia laboral “son un verdadero Laberinto de Creta.

“AMLO presume que en su gobierno los obreros están felices porque no hay huelgas, pero éste es el fondo del asunto: la mayoría de los obreros prefiere recibir las migajas en vez de continuar con los tortuosos y prolongados conflictos en los tribunales. Los salarios caídos, fuente de ambición de leguleyos, también fueron limitados: hoy, los salarios que no perciben los obreros en conflicto sólo pueden alcanzar hasta un año-calendario y ya no hay más cuentas millonarias por salarios caídos”, alertó el jurista.

Las ocurrencias de AMLO 

En materia laboral, como ocurre en todos los ámbitos, la mentira es la figura retórica más frecuente en el discurso del Presidente. “Ahora se logró que, como mínimo, sean 90 días de reparto de utilidades; es un gran avance que el promedio sean 90 días”, presumió en una de sus conferencias matutinas.

“Pero lo que no aclaró, y no por ingenuidad, fue que en realidad la ley considera los tres meses como el techo del reparto de utilidades, y no como el mínimo”, precisó el experto, quien agregó que este derecho es como un terreno lleno de abrojos, porque las empresas hacen todo tipo de enjuagues contables para eludir sus responsabilidades laborales y fiscales.

Explicó, por ejemplo, que es común que una empresa productora de muebles de exportación venda a precios de remate a su filial; que ésta los venda a buenos precios en dólares a sus clientes en el exterior y que las utilidades se queden en ésta, cuyos contadores elaboran una carátula en la que reportan una pequeña cantidad de ganancias para eludir el pago por reparto de utilidades, como sucede en el caso de los 300 obreros de la KDF.

Lara Covarrubias aclaró, sin embargo, que la misma Ley Federal del Trabajo acota las posibilidades de reclamo de los trabajadores, ya que el Artículo 123 A) Fracción IX, inciso f), advierte que el “derecho de los trabajadores a participar en las utilidades no implica la facultad de intervenir en la dirección o administración de las empresas… ésta es la ley que tanto criticaba Alcalde Justiniani, pero que ahora aplaude.

El jurista comentó que si esto ocurre en el “mundo empresarial formal” mediante la presentación de declaraciones amañadas tanto al fisco como al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), qué no sucederá “en el mundo laboral de las medianas y pequeñas empresas, de los jornaleros y todos los trabajadores que no cuentan con la “protección” de la Ley Federal del Trabajo.

Para los abogados del Despacho Jurídico Nacional, la CRT es una buena opción porque sus prácticas sindicales son independientes, tienen larga experiencia en la lucha obrera, no se “ponen de acuerdo con los patrones, ni cobran en dos frentes”  y no van a “cambiar de chaqueta” en la defensa de los derechos de los trabajadores. 

El experto recordó que el próximo 1° de mayo, en México y gran parte del mundo, se celebrará el Día del Trabajo, recordando a los Mártires de Chicago de 1886 y la creación de la Primera Internacional en 1864, en Londres, por la Asociación Internacional de los Trabajadores (AIT) a iniciativa de Carlos Marx y Federico Engels, de quienes se reprodujo también la célebre frase del Manifiesto del Partido Comunista (1848): “Proletarios de todos los países, ¡uníos!”.

Orígenes del movimiento obrero 

El primer movimiento laboral en México se produjo el cuatro de julio de 1582 cuando, de acuerdo con el libro Conferencias Obreras II, de Aquiles Córdova Morán, el Cabildo Eclesiástico redujo los salarios de sus músicos porque consideró que les pagaba mucho: 350 pesos anuales a los de mayor jerarquía, es decir, poco menos de un peso al día; mientras que a los de menor nivel sólo pagaba 50 centavos. 

Ante la cerrazón del Cabildo y del Dean, tuvo que intervenir el Arzobispo; pero finalmente la clerigalla “patronal” ganó. Después de 50 días de protesta, los músicos debieron conformarse con el pago de “salarios caídos”, pero no les fue restituida la diferencia salarial por la que habían peleado.

 

 

Lo más notable de este paro laboral fue la muestra de solidaridad “sindical” que los músicos citadinos le brindaron a sus compañeros del ámbito eclesiástico; pues “ninguno quiso ocupar el lugar de los despedidos” a pesar de la insistencia del Arzobispado en su primer intento por crear el oficio de “esquirol”. 

En segundo lugar cronológico se encuentra el motín de los trabajadores de la mina la Vizcaína, propiedad de Pedro Romero de Terreros, quien ordenó la supresión de los “partidos”, es decir, de la entrega de una parte del mineral extraído por éstos, quienes en adelante solamente recibirían su salario.

Romero de Terreros se salvó de morir ahorcado por los mineros gracias a la intervención del Alcalde Mayor de Pachuca, de su tropa y del cura de la ahora capital hidalguense, quien terminó encarcelado con 18 mineros porque la demanda laboral no prosperó. El mineral de Real del Monte, sitio donde se dio el motín, permaneció cerrado durante nueve años.

Las huelgas de mayor trascendencia histórica fueron la de los mineros de Cananea, Sonora, en 1906 y la de los textileros de Río Blanco, en Orizaba Veracruz. En ambos paros laborales, el resultado fue trágico, aunque se desconoce con precisión el número de las víctimas mortales.

El archivo del gobierno de Sonora sólo cita 23 muertos en Cananea; pero en 2021, un recuento de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) estimó que las víctimas de la represión fueron 100. En Río Blanco, la cifra es aún más confusa, pues John Kenneth Turner, escritor y periodista estadounidense, narra que entonces existía la creencia de que “murieron entre 200 y 800 personas” (Antología: México en el siglo XX, México, UNAM, 1983).

Sin menoscabo de otros grandes movimientos obreros, estas huelgas fueron las que más contribuyeron a la conformación del Artículo 123º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, promulgada el cinco de febrero de 1917, en la que fueron consagrados los derechos de organización sindical y huelga, así como la jornada laboral de ocho horas. La primera versión de la Ley Federal del Trabajo (LFT) fue publicada en 1931. 

Día del Trabajo en el mundo

Actualmente, en la mayor parte de los países, los festejos por el Día del Trabajo nada tienen que ver con los hechos que le dieron origen y se han convertido en eventos mediáticos para el lucimiento de los mandatarios ante los gobiernos “democráticos” o reinos “monárquicos” y de los dirigentes de las centrales obreras aliadas o proclives a estos regímenes.

En México, los líderes de la Confederación Regional Obrera Mexicana (CROM, 1917), la Confederación de Trabajadores de México (CTM, 1936) y la Confederación Revolucionaria Obrera y Campesina (CROC, 1952), fueron los primeros en esperar con ansias el Primero de Mayo para que cientos de sus prosélitos desfilaran por las calles del Centro Histórico, apoyaran al Presidente de la República y regresaran a las fábricas o comercios para seguir con bajos salarios y padecer condiciones ingratas de trabajo.

Pero no en todas las naciones el origen y el devenir de las organizaciones laborales ha sido el mismo. En Inglaterra fue la Orden de los Caballeros del Trabajo y la Federación de Tradeuniones quien dirigió el surgimiento de los sindicatos; y en las postrimerías de 1881 surgió la American Federation of Labor (AFL) de Estados Unidos (EE. UU.), aunque la historia oficial reconoce su fundación en 1886, quizás para hacerla coincidir con su papel en la organización del Primero de Mayo de 1886, pues fue durante su II Congreso cuando se fijó esa fecha como “protesta generalizada de los obreros”, cita Córdova Morán. 

 

 

“Llega, pues, el primero de mayo de 1886. Cuarenta mil obreros, sobre todo del Norte de EE. UU. (el centro fabril más importante, precisamente en la ciudad norteña de Chicago), se lanzan a la huelga” (Ibíd.). Al tercer día de huelga, mientras una comisión dialogaba con el patrón, la policía arremete contra unos siete mil manifestantes… seis muertos caen a las puertas mismas de la fábrica McCormick y 50 heridos son trasladados a los hospitales”. Al día siguiente se concentraron 15 mil obreros y una protesta pacífica se convirtió en un baño de sangre sobre la Plaza Haymarket”.

El dato exacto, como en Cananea y Río Blanco, nunca se supo. El gobierno estadounidense inició “los juicios de Chicago” en los que fueron imputados y declarados culpables August Spies, Albert Persons, Adolph Fischer, George Engel, Louis Lingg, Michael Schawb, Samuel Dielden y Oscar Neebe. Este último fue condenado a quince años de prisión; los cuatro primeros fueron fusilados, Lingg se suicidó y los tres restantes conmutaron su pena por cadena perpetua. No mucho tiempo después se demostró la inocencia de los acusados; pero para entonces se habían convertido en los Mártires de Chicago y héroes de la lucha obrera mundial.

Hoy, en medio de la parafernalia oficialista, únicamente se plantea el Primero de Mayo como el Día del Trabajo, fecha en que los dirigentes sindicales organizan desfiles, en los que éstos y las autoridades gubernamentales se muestran felices, “muy felices”, mientras los trabajadores y sus familias esperan que los encargados de la impartición de justicia laboral cumplan con su obligación.

Las múltiples reformas de la LFT

Durante segunda y tercera década del Siglo XX, los conflictos laborales en las industrias minera, textil, ferrocarrilera y petrolera propiciaron la creación de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (1927) y el surgimiento de la Ley Federal de Trabajo (1931), cuya base legal está contenida en el Apartado A de la Carta Magna. Desde entonces, la LFT ha sido reformada en múltiples ocasiones.

En diciembre de 1960 y noviembre de 1962, el reconocimiento de las relaciones laborales del Estado con sus trabajadores se incorporó el apartado B de la Constitución y la edad mínima para trabajar se elevó a los 14 años. En abril de 1970 se publicó una nueva LFT que sustituyó a la de 1931; y su reforma más reciente se produjo el 1° de mayo de 2019, ya bajo el gobierno de AMLO.

Con esta última se suprimieron las Juntas de Conciliación y Arbitraje por el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y los centros de conciliación a nivel local; además de que se modificaron el sistema de impartición de justicia laboral y el ejercicio del derecho de libertad y asociación sindical (Comisión Nacional de Derechos Humanos México CNDH, 2021).

La reforma de AMLO introdujo la regulación de la subcontratación, outsorcing o tercerización, recurso laboral que apareció en México en los años 70 y que consiste en que una empresa productora de bienes o servicios contrata a otra que proporciona el personal que requiere para su funcionamiento.

El Artículo 14 de la LFT establece que sólo se permite la “subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas…”; pero en la realidad, la subcontratación o outsorcing se halla en todos lados, y sus servicios no requieren ninguna especialización, como puede advertirse en los trabajadores del Servicio de Transporte Colectivo (STC-Metro) de la Ciudad de México.

La reforma laboral de AMLO, celebrada como un “éxito más” por los jilgueros de la llamada “Cuarta transformación”, no fue sino un ajuste a la LFT para que México cumpliera con las demandas de trabajo especializado requeridas por las empresas de EE. UU. y de Canadá asentadas en territorio nacional, particularmente las de la industria automotriz. Fue por ello que el gobierno estadounidense hizo una “generosa” aportación de 130 millones de dólares a su homólogo mexicano para echar a andar esa reforma:

“La vicepresidenta de EE. UU., Kamala Harris, informó esta semana que su país invertirá 130 millones de dólares para la implementación de la reforma laboral en México, recursos adicionales al presupuesto de 180 millones de dólares aprobado por el Congreso estadounidense para la entrada en vigor del T-MEC”, reportó el 11 de junio de 2021 el diario El economista

Los aduladores del gobierno morenista enuncian la reforma a la LFT de AMLO como la quintaesencia del derecho laboral en el mundo; pero seguramente ninguno de ellos se ha enfrentado jamás a un patrón en los tribunales locales o federales, y desconocen cómo sortear las lagunas, recovecos y trampas en la misma ley que los jueces interpondrán para ayudar a salir adelanta a los dueños del capital. 


Escrito por Ale Torres .

Colaboradora


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