La corrección evocó los mensajes cambiantes de López Gatell, pero, la SSa aclaró que H3N2 no implica mayor riesgo que la influenza estacional.
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El Congreso de Yucatán aprobó la despenalización del aborto con 22 votos a favor y 13 en contra, con esta decisión se modificó el Código Penal estatal y posicionó a Yucatán como el estado número 23 en reconocer este derecho y dejar de criminalizar a las mujeres que opten por interrumpir su embarazo.
El nuevo dictamen permite a una persona gestante interrumpir el embarazo durante las primeras 12 semanas sin enfrentar consecuencias penales; sin embargo, permanecen las sanciones para las féminas que se sometan al procedimiento fuera del plazo permitido.
Además, modificaron el artículo 389, al cambiar la tipificación del delito de “aborto” por “aborto forzado”, con el fin de castigar a quienes obliguen a una persona a interrumpir su embarazo.
Será en la ley de Salud Pública del Estado de Yucatán en donde se establecerán las normas correspondientes; asimismo, las autoridades informaron que las instituciones gubernamentales asumirán la responsabilidad de garantizar el acceso a este derecho.
La corrección evocó los mensajes cambiantes de López Gatell, pero, la SSa aclaró que H3N2 no implica mayor riesgo que la influenza estacional.
La medida pondría en riesgo el agua destinada para el consumo humano y para la producción agrícola.
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Escrito por Fernanda Trujano Chavarría
Licenciada en Lengua y Literatura Hispánicas por la UAEM.