Cargando, por favor espere...

Nacional
Califica Tribunal que “informe” de AMLO 2021 fue un acto de propaganda; habrá sanciones
La magistrada Jeanine Otálora Malassis señaló que los informes de gobierno están debidamente regulados por las leyes federales, y el mensaje en cuestión no se ajustó a dichos parámetros.


El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó sancionar la difusión del mensaje del presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, por sus 100 días de Gobierno de 2021.

Por unanimidad de votos, los magistrados coincidieron que el acto no se trató de un informe de labores, de los previstos en la Constitución, sino de un acto ilícito de propaganda gubernamental personalizada. Consideraron que la difusión de dicho informe, el 30 de marzo pasado, violó la veda electoral.

Y es que explicaron que entonces ya habían iniciado las campañas políticas en seis estados (Campeche, Colima, Guerrero, Nuevo León, San Luis Potosí y Sonora) en los que se difundió el evento a través de 38 emisoras de radio y televisión locales.

La magistrada Jeanine Otálora Malassis señaló que los informes de gobierno están debidamente regulados por las leyes federales, y el mensaje en cuestión no se ajustó a dichos parámetros.

Recordó que durante época electoral únicamente es válido generar propaganda relativa a las autoridades electorales, servicios educativos y de salud, o la necesaria para la protección civil, en casos de emergencia.

“Cualquier otro acto comunicativo gubernamental que no cumpla con esas características debe valorarse para establecer si es un acto de comunicación que tiene por fin informar algo a la ciudadanía o si constituye, en esencia, un acto de campaña gubernamental personalizada con es el caso”, dijo la magistrada.

En tanto, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón señaló que de las constancias se advierte que se actualizan las tres premisas, (personal, objetiva, y temporal) previstas en la jurisprudencia electoral para establecer que sí hubo una ilegalidad en la difusión de dicho mensaje.

Y es que señaló que el propósito del discurso del presidente fue una promoción personal, para obtener la aprobación del trabajo gubernamental y las acciones del ejecutivo durante los primeros 100 días de este año, además de que se difundió cuando las campañas habían iniciado en seis estados.

En la sentencia, cuyo proyecto elaboró el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, se precisó que durante el mensaje del presidente se tocaron temas como finanzas públicas, acciones sociales, producción nacional de bienes, política energética, obra pública y seguridad pública, entre muchos otros.

“Bajo estas premisas se establece que con la difusión del evento en esos seis estados, si se generó el ilícito constitucional de cuenta”, estable la sentencia.

Por ello, al resolver el Recurso de Reconsideración del Procedimiento Especial Sancionador 193/2021, los magistrados resolvieron que el caso debe enviarse a la Sala Especializada del TEPJF para individualizar la sanción e imponga las consecuencias jurídicas de estos actos. Detallaron que la Sala Especializada debe valorar si en esta acción hubo un uso indebido de los recursos públicos y, con base en ello, imponga las medidas de apremio para evitar la repetición.

El 6 de mayo pasado, la Sala Especializada del TEPJF, analizó este caso, derivado de en una impugnación presentada por el PRD, y en su momento determinó que el mensaje no había sido ilegal.

No obstante, dijo que hubo una falta de deber de cuidado por la difusión del mensaje en estados donde ya había iniciado la campaña, y la Sala Especializada ordenó en aquella ocasión remitir el caso al INE para que iniciara un procedimiento sancionador contra Erwin Sigfrid Frederick Neumaier de Hoyos, director del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (CEPROPIE) y las 38 emisoras de radio y televisión que difundieron el mensaje.

Ahora, las sanciones podrían incluir a más personal del gobierno federal ya que se busca evitar que es una situación similar se repita. (El Financiero).


Escrito por Redacción


Notas relacionadas

No hay comprobación fiscal que lo inculpe, argumentó la consejera electoral Carla Humphrey

El salario de Andrés López Beltrán, como el de todos los dirigentes de partidos políticos, proviene del erario.

Lo que quiere este gobierno es silenciar, callar, amedrentar y asustar”: Alejandro Moreno, dirigente nacional del PRI.

En 2018, la deuda externa se ubicó en 3.94 billones de pesos, mientras que en 2025 alcanzó los 4.49 billones.

Estados Unidos y México investigaron operaciones por decenas de millones de dólares que vinculan a Nunvav, Vector y los supuestos prestanombres del exsecretario de Seguridad.

CiBanco, Intercam y Vector, propiedad de Alfonso Romo, exjefe de oficina de AMLO, fueron acusados de facilitar transferencias para tráfico de precursores químicos y lavado de dinero.

Entre 2021 y 2023, el presupuesto asignado a la USICAMM creció de forma acelerada y apenas 22 mil profesores accedieron a la llamada promoción horizontal, menos del 1 por ciento.

Desde su creación no se cuentan con proyectos de inversión, áreas de exploración o acuerdos con expertos para las labores de explotación de yacimientos.

En 16 contratos auditados el año pasado, el Órgano Interno de Control reportó fallas que impidieron verificar el uso eficiente del presupuesto.

El INE denunció el robo de 25 paquetes electorales en el estado de Chiapas.

Entre 2019 y 2024 se documentaron 137 agresiones dirigidas contra 43 actores defensores, dentro de 63 eventos violentos en México.

La jefa de gobierno, Clara Brugada, viaja en una camioneta aparentemente blindada.

El proyecto causa afectaciones en áreas naturales y especies como el jaguar, el oso negro y la tortuga pecho quebrado en el estado de Sonora.

“Las mentiras de la administración pasada han quedado expuestas ante las abundantes pruebas del uso de Pegasus”: R3D

Niega conflictos de interés por vínculos con empresas del gobierno.