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Ciudad de México.- La Primera Sala estableció que la infidelidad sexual en el matrimonio, por sí misma, no puede ser considerada un hecho ilícito para efecto de sustentar una condena por daño moral.
En sesión, la propuesta de la Ministra Norma Lucía Piña Hernández, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el amparo directo en revisión 183/2017.
Se sostuvo que la fidelidad en el matrimonio es una cuestión de carácter personalísimo en la que tiene cabida la autonomía de la voluntad de los cónyuges y cuya observancia no puede ser exigida coactivamente; por ende, el control estatal necesariamente se ve limitado en cuanto a la imposición de consecuencias jurídicas distintas a la disolución del vínculo matrimonial.
Para la Sala resulta relevante tener en cuenta que el deber conyugal referido está sustentado en el vínculo sentimental y afectivo que se presupone entre los consortes, aspecto de la vida conyugal que se circunscribe a la intimidad de la pareja, de manera que los acuerdos conforme a los cuales deciden vivir la vida en común atañen a ambos y preponderantemente son inherentes a ese ámbito.
En ese sentido, la conducta de infidelidad sexual en el matrimonio trae aparejada la asunción de la consecuencia jurídica de la eventual disolución del vínculo, pero no es susceptible de un reproche bajo las reglas de la responsabilidad civil para dar lugar a una condena económica por el posible daño a los sentimientos y afectos del cónyuge ofendido.
En los proyectos de resolución de las tres consultas asignadas a la ministra Yasmín Esquivel, se propone desechar las solicitudes de los juzgadores federales.
Hoy, la Primera Sala de la SCJN resolvió los amparos interpuestos para recuperar dos de los fideicomisos extintos: el FAARI y el Fidecine.
Por unanimidad, con cuatro votos a favor, la SCJN levantó la suspensión que impedía que la Plaza de Toros continuara sus espectáculos.
Con esta resolución, la SCJN demostró –y a la 4T– que el Estado de Derecho está vigente y que existen las vías legales y constitucionales para cuestionar todos los actos y normas que arriesguen el porvenir de la República.
Ninguna de las personas imputadas se encuentra en la cárcel a pesar de las sentencias condenatorias emitidas por la SCJN
Con vallas en pasillos y escalinatas, los manifestantes portaron pancartas donde se leía: “silencio por la justicia” y “somos tres poderes, el Judicial es el que protege”.
Exhortó a los padres de familia a redoblar esfuerzos en el cuidado y guía de sus hijos, con el propósito de que tomen el camino de los vicios “en estos tiempos en que la ley se convierte en puerta de acceso a ellos”.
La presidenta de la Mesa Directiva del Senado, Ana Lilia Rivera, obedecerá la resolución de la SCJN: nombrarán a los comisionados faltantes del INAI.
Esta es la mayor reforma al sistema desde la llevada a cabo por el presidente Ernesto Zedillo en 1994, la cual resultó en la formación del Consejo de la Judicatura Federal y la reestructuración de la Corte.
La SCJN invalidó la segunda parte del Plan B político-electoral de AMLO, debido a violaciones al procedimiento legislativo hecho por la mayoría parlamentaria de Morena y aliados.
La SCJN desechó la controversia constitucional que interpuso el gobierno de Chihuahua en contra de la distribución de los libros de texto para el ciclo escolar 2023-2024.
Se suman al paro de labores de 55 mil trabajadores del Poder Judicial de la Federación.
Xóchitl Gálvez aseguró que con la designación de la nueva magistrada, el presidente Andrés Manuel López Obrador busca apoderarse del Poder Judicial.
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A un año de que concluya su periodo, el ministro Arturo Zaldívar solicitó al Presidente la renuncia a su cargo en la SCJN.
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Muere el escritor y poeta mexicano Julio Trujillo
Escrito por Redacción