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Ciudad de México.- La Primera Sala estableció que la infidelidad sexual en el matrimonio, por sí misma, no puede ser considerada un hecho ilícito para efecto de sustentar una condena por daño moral.
En sesión, la propuesta de la Ministra Norma Lucía Piña Hernández, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el amparo directo en revisión 183/2017.
Se sostuvo que la fidelidad en el matrimonio es una cuestión de carácter personalísimo en la que tiene cabida la autonomía de la voluntad de los cónyuges y cuya observancia no puede ser exigida coactivamente; por ende, el control estatal necesariamente se ve limitado en cuanto a la imposición de consecuencias jurídicas distintas a la disolución del vínculo matrimonial.
Para la Sala resulta relevante tener en cuenta que el deber conyugal referido está sustentado en el vínculo sentimental y afectivo que se presupone entre los consortes, aspecto de la vida conyugal que se circunscribe a la intimidad de la pareja, de manera que los acuerdos conforme a los cuales deciden vivir la vida en común atañen a ambos y preponderantemente son inherentes a ese ámbito.
En ese sentido, la conducta de infidelidad sexual en el matrimonio trae aparejada la asunción de la consecuencia jurídica de la eventual disolución del vínculo, pero no es susceptible de un reproche bajo las reglas de la responsabilidad civil para dar lugar a una condena económica por el posible daño a los sentimientos y afectos del cónyuge ofendido.
Decidieron suspender sus actividades y unirse al paro de labores indefinido del Poder Judicial de la Federación.
Fue durante el mandato del actual jefe del Ejecutivo que fue visible el fortalecimiento presupuesto de las Fuerzas Armadas y el simultáneo debilitamiento de las policías locales.
Se suman al paro de labores de 55 mil trabajadores del Poder Judicial de la Federación.
Eso de que ‘declinaron voluntariamente a no presentarse a la elección’ es una mentira… No se puede decidir con libertad abandonar el trabajo de toda una vida: ministra.
La SCJN desechó la propuesta de la Ministra Yasmín Esquivel, quien considera que el programa “Quédate en México” no viola los derechos humanos de las personas migrantes.
Xóchitl Gálvez aseguró que AMLO trata de debilitar al máximo tribunal del país, nombrando a una persona que es “cercana” a los intereses del gobierno federal y del mismo mandatario.
El INAI reconoció el fallo de la SCJN que declaró inconstitucional la omisión del Senado para nombrar a tres integrantes faltantes del Pleno de ese organismo.
En un comunicado agradeció a los legisladores por aprobar las leyes reglamentarias al Poder Judicial Federal.
Con vallas en pasillos y escalinatas, los manifestantes portaron pancartas donde se leía: “silencio por la justicia” y “somos tres poderes, el Judicial es el que protege”.
Los padres denunciaron que al interior del Poder Judicial de la Federación (PJF) existen tácticas dilatorias que mantienen impune el caso.
En los proyectos de resolución de las tres consultas asignadas a la ministra Yasmín Esquivel, se propone desechar las solicitudes de los juzgadores federales.
La resolución de la SCJN, que en fecha reciente devolvió 160 mil hectáreas de Chiapas a Oaxaca, ha puesto en pie de guerra a campesinos zoques y tzotziles, que rechazan ese dictamen y están dispuestos a defender su identidad territorial “chimaˮ.
Afirmaron que Arturo Zaldívar sólo busca colocarse en un papel de víctima
Esta decisión surgió por la posible violación a la autonomía judicial y a la división de poderes.
La ministra Yasmín Esquivel comunicó la resolución tras salir de la reunión en la que participaron los 11 miembros del Pleno.
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Escrito por Redacción