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Nacional
SCJN restringe venta de alimentos y bebidas en áreas de fumadores
Sectores empresariales señalaron posibles pérdidas económicas en restaurantes y centros de entretenimiento.


Foto: Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que en las áreas exclusivas para fumadores en establecimientos comerciales y de entretenimiento no habrá venta de alimentos ni bebidas.

Explicó que el consumo en esas zonas prolonga la estancia de personas en espacios contaminados y aumenta la exposición al humo de segunda mano. Con este fallo, las áreas para fumadores quedan definidas como sitios aislados, ventilados y sin prestación de servicios.

La resolución refuerza la política de salud pública al equilibrar el derecho de quienes fuman con la obligación del Estado de proteger a la mayoría. Los establecimientos con espacios de ese tipo deberán ajustarse a la norma para evitar sanciones.

Organizaciones civiles y de salud calificaron la decisión como un avance contra el tabaquismo. En contraste, sectores empresariales señalaron posibles pérdidas económicas en restaurantes y centros de entretenimiento.

El presidente de la Corte, Hugo Aguilar, recordó que la Ley General para el Control de Tabaco se elaboró con base en la afectación a fumadores pasivos y justificó la medida como necesaria para salvaguardar la salud pública.


Escrito por Abigail Cruz Guzmán

Reportera


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