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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó este jueves 13 de noviembre los últimos recursos legales tramitados por Grupo Salinas para frenar el pago de un crédito fiscal de más de 33 mil millones de pesos al Servicio de Administración Tributaria (SAT) y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Un crédito fiscal es una cantidad de dinero que una persona o empresa le debe al gobierno, normalmente porque no pagó correctamente un impuesto, lo pagó incompleto, o la autoridad hacendaria detectó irregularidades después de una revisión.
Por unanimidad de votos, el máximo tribunal determinó que la reclamación de la SHCP contaba con el fundamento suficiente para ser aplicada, por lo que Grupo Salinas, propiedad del empresario Ricardo Salinas Pliego, deberá pagar al fisco 33 mil 306 millones 476 mil 349 pesos.
Este monto corresponde en gran parte a una deuda fiscal relacionada con el pago de Impuesto Sobre la Renta (ISR) de Elektra y TV Azteca, dos de las empresas principales de Grupo Salinas.
En este sentido, el ministro Arístides Rodrigo Guerrero García concluyó que el amparo presentado por Salinas no debió aceptarse, ya que los argumentos sobre el régimen de consolidación fiscal y otras disposiciones no representaban un “interés excepcional”, especialmente porque la Corte ya contaba con criterios previos al respecto.
“Se considera fundado el recurso de revisión porque no debió admitirse el amparo directo en revisión, toda vez que a pesar de que está involucrado un tema de inconstitucionalidad de normas generales, carece de excepcionalidad porque ya existen precedentes de esta Corte que resuelven las problemáticas que se encuentran planteadas”, dijo Guerrero García durante la sesión.
Con esta determinación, la SCJN declaró procedente la reclamación presentada por Hacienda y desechó definitivamente los recursos presentados por Grupo Salinas.
Además, la Corte validó el impedimento 33/2024 presentado por Grupo Elektra, por el cual las ministras Lenia Batres Guadarrama y Yasmín Esquivel Mossa quedaron apartadas del conocimiento tanto del amparo 6321/2024 como del recurso de reclamación 159/2025, vinculado al mismo conflicto jurídico.
El origen de este caso se remonta a una auditoría realizada a Grupo Elektra en 2015 bajo la Ley del ISR vigente en ese momento, proceso que culminó en septiembre de 2018 con la determinación del crédito fiscal antes mencionado.
Se prevé que la Corte se pronuncie sobre otros tres amparos promovidos por Salinas Pliego, los cuales podrían derivar en pagos superiores a 50 mil millones de pesos.
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Escrito por Sebastián Campos Rivera
Periodista de finanzas, economía, negocios, mercados, divisas, indicadores y el sector energético. | X: @srivera1410