Los productos agropecuarios presionaron al alza, con encarecimientos de hasta 66.7 por ciento.
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A pesar de que el reparto de utilidades es un derecho consagrado en la Constitución mexicana desde hace décadas, en 2025 apenas el 3.2 por ciento de las empresas formales del país cumplió con esta obligación, de acuerdo con datos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
Esto quiere decir que sólo tres de cada 100 patrones distribuyeron entre sus trabajadores una parte de las ganancias obtenidas por sus empresas, un escenario que ha reavivado el debate sobre la concentración de la riqueza, la efectividad de la inspección laboral y el cumplimiento de los derechos de la clase trabajadora en México.
Para el especialista en asuntos laborales Everardo Lara Covarrubias, el bajo nivel de cumplimiento refleja una problemática estructural en las relaciones laborales. Explicó que las empresas recurren a trampas, simulaciones contables y "maquillajes" en sus declaraciones ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para reducir las utilidades reportadas, lo que les permite evitar o disminuir el pago de esta prestación a sus trabajadores.
El también consejero jurídico de la Defensoría Nacional de los Trabajadores afirmó que esta situación evidencia las dificultades que enfrentan los trabajadores para acceder a información sobre las ganancias reales de las empresas y exigir el cumplimiento de sus derechos laborales.
Por ello, enfatizó que para garantizar el reparto de utilidades se necesita la organización de los trabajadores a través de un sindicato verdadero que sea titular del Contrato Colectivo de Trabajo.
"La única vía para hacer valer este derecho es la construcción de un sindicato genuino y combativo al que pertenezcan todos los trabajadores y, organizados y educados, se dispongan a luchar para defender sus intereses de clase, porque si la clase obrera es la que produce la riqueza nacional, también debe ser ella quien se beneficie con una justa y equitativa distribución", afirmó el especialista.
Los trabajadores no tienen acceso pleno a este derecho
El hecho de que sólo el 3.2 por ciento de las empresas entreguen utilidades ha abierto nuevamente la discusión sobre quiénes se benefician del crecimiento económico y hasta qué punto los trabajadores participan de la riqueza que contribuyen a generar con su trabajo.
Y es que la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) está reconocida en el artículo 123 de la Constitución y regulada por la Ley Federal del Trabajo, que establece que las empresas deben destinar el 10 por ciento de sus utilidades netas al reparto entre sus empleados. El restante 90 por ciento permanece en manos de los propietarios de las compañías.
Everardo Lara Covarrubias, especialista en asuntos laborales y Consejero Jurídico de la Defensoría Nacional de los trabajadores.
Originalmente, este mecanismo fue concebido como una herramienta para que los trabajadores participaran de los beneficios generados por la actividad productiva y para promover una distribución más equitativa de la riqueza. Sin embargo, los datos más recientes muestran que el acceso a este derecho continúa siendo limitado para la mayoría de los asalariados del país.
Lara Covarrubias finalizó diciendo que los trabajadores deben saber que el incumplimiento de la ley por el no reparto de utilidades es una causa válida para el estallamiento de una huelga.
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Escrito por Adamina Márquez
Directora editorial de buzos web. Egresada de la Licenciatura de Ciencias de la Comunicación por la UNAM.