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Han transcurrido ochenta años desde el fin de la Segunda Guerra Mundial, un conflicto que llevó a la comunidad internacional a una conclusión fundamental: incluso la guerra debía estar sometida al derecho. De aquella tragedia surgieron la Carta de las Naciones Unidas, los Convenios de Ginebra y el Derecho Internacional Humanitario moderno, con un propósito claro: proteger a la población civil y limitar el sufrimiento humano durante los conflictos armados. Sin embargo, hoy ese consenso parece enfrentarse a una de sus pruebas más difíciles.
El pasado miércoles, el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, afirmó en su red social Truth Social que, si Irán atacaba cualquier embarcación en el estrecho de Ormuz, Estados Unidos respondería bombardeando un puente o una central eléctrica iraní, incluso si éstas se encontraban en Teherán o sus alrededores.
Sus declaraciones provocaron un intenso debate entre especialistas en derecho internacional, quienes advirtieron que convertir la infraestructura civil en un objetivo declarado plantea serias interrogantes jurídicas y humanitarias.
Pero el problema va mucho más allá de una publicación en redes sociales. La verdadera pregunta es otra: ¿Qué queda del derecho internacional si una de las principales potencias del mundo anuncia públicamente el ataque contra infraestructura esencial de otro Estado como parte de su política de disuasión? Ésta no es únicamente una cuestión relacionada con Irán, es una cuestión que afecta al futuro mismo del orden jurídico internacional.
Una amenaza que trasciende la disuasión
No es la primera vez que un dirigente estadounidense recurre a amenazas militares. Lo extraordinario en esta ocasión es que el objetivo anunciado no se limita a instalaciones militares, sino que amenaza infraestructura indispensable para la vida cotidiana de millones de personas.
Puentes, plantas eléctricas, instalaciones hidráulicas, puertos y redes de transporte constituyen la columna vertebral de cualquier sociedad moderna; su destrucción no sólo representa una operación militar, implica afectar el suministro de electricidad, agua potable, transporte, atención médica, distribución de alimentos y asistencia humanitaria. Las primeras víctimas rara vez son los ejércitos. Son los civiles.
¿Qué establece el derecho internacional?
El Derecho Internacional Humanitario descansa sobre tres principios fundamentales.
El primero es el principio de distinción, que obliga a diferenciar permanentemente entre objetivos militares y bienes o personas civiles. El Protocolo Adicional I a los Convenios de Ginebra establece que los ataques sólo pueden dirigirse contra objetivos militares. Los bienes civiles no pueden ser objeto de ataque, salvo cuando, por su utilización, contribuyan efectivamente a la acción militar y su destrucción proporcione una ventaja militar concreta y directa.
El segundo principio es el de proporcionalidad. Incluso cuando existe un objetivo militar legítimo, una operación resulta ilícita si el daño previsible para la población civil es excesivo respecto de la ventaja militar esperada. Estos principios se encuentran reflejados expresamente en los artículos 51 y 52 del Protocolo Adicional I.
Asimismo, el artículo 8 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional tipifica, bajo determinadas circunstancias, como crímenes de guerra los ataques intencionales contra civiles o bienes de carácter civil.
Naturalmente, la calificación jurídica de un ataque concreto depende de las circunstancias del caso y corresponde a las instancias competentes evaluarla conforme al derecho internacional.
La infraestructura: la víctima silenciosa de las guerras modernas
Las Naciones Unidas, el Comité Internacional de la Cruz Roja y numerosas organizaciones humanitarias llevan años alertando sobre las consecuencias devastadoras que tiene la destrucción de infraestructura crítica. La experiencia de Irak, Afganistán, Siria y Gaza demuestra que destruir puentes, centrales eléctricas, redes hidráulicas o instalaciones portuarias rara vez paraliza únicamente la capacidad militar del adversario.
Con mucha mayor frecuencia, quienes pagan el precio son millones de civiles. Cuando desaparece la electricidad, los hospitales dejan de funcionar. Cuando se destruyen instalaciones de agua, aparecen crisis sanitarias. Cuando colapsan los puentes, se interrumpe la distribución de alimentos, medicamentos y ayuda humanitaria. Por esa razón, el Derecho Internacional Humanitario concede una protección especial a este tipo de infraestructura.
Las críticas también provienen de Estados Unidos
La preocupación no se limita a la comunidad internacional. Diversos especialistas estadounidenses en derecho internacional, analistas de seguridad y medios de comunicación han advertido que una política basada en amenazas contra infraestructura civil puede afectar gravemente la credibilidad internacional de Estados Unidos.
Varios expertos sostienen que ignorar las normas humanitarias no sólo debilita la legitimidad internacional de Washington, también crea un precedente peligroso para otros Estados.
Si una potencia considera aceptable anunciar públicamente ataques contra infraestructura esencial, ¿con qué autoridad podrá exigir posteriormente que otros respeten las mismas normas? Esa contradicción ha sido señalada incluso por juristas occidentales que defienden el sistema internacional basado en reglas.
¿El derecho es universal o depende del poder?
La cuestión de fondo trasciende este conflicto. ¿El derecho internacional obliga por igual a todos los Estados? ¿O solo resulta exigible cuando quienes lo infringen carecen de suficiente poder político o militar?
La credibilidad del orden jurídico internacional depende precisamente de que sus normas sean universales. Si las reglas admiten excepciones según el peso geopolítico de cada actor, dejan de ser reglas para convertirse en instrumentos de conveniencia política.
El silencio tiene consecuencias
Después de 1945, la comunidad internacional comprendió que incluso la guerra debía tener límites. Aceptar como normal la amenaza de destruir puentes, plantas eléctricas, sistemas de abastecimiento de agua o cualquier otra infraestructura indispensable significa debilitar uno de los pilares fundamentales del Derecho Internacional Humanitario. Este debate no pertenece exclusivamente a Irán. Mañana podría involucrar a cualquier otro país.
Porque cuando la fuerza sustituye al derecho, ningún Estado puede sentirse plenamente protegido. La verdadera fortaleza del derecho internacional no reside en la capacidad militar de las potencias, sino en su aplicación uniforme.
Si las normas dejan de ser iguales para todos, el sistema construido tras la Segunda Guerra Mundial comienza a perder aquello que le dio legitimidad desde su origen: la idea de que incluso el poder debe someterse al derecho.
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Escrito por Mohammad Reza Gilani
@MrezaG88