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Nacional
Aprueban multas por venta y distribución de vapeadores y cigarros electrónicos
Las sanciones van de uno a ocho años de prisión, además de multas que pueden alcanzar hasta dos mil veces el valor diario de la UMA.


A partir de este 16 de enero de 2026, la venta y distribución de vapeadores queda prohibida en México. La medida deriva de la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), mediante la cual se modifica la Ley General de Salud.

La disposición aplica a todos los dispositivos electrónicos para fumar, incluidos los desechables, los de un sólo uso y aquellos que no contienen nicotina, con el propósito de “proteger la salud pública y reducir el acceso a estos productos”, según la autoridad oficial.

Asimismo, la nueva ley busca proteger de manera especial la salud de niñas, niños y jóvenes, sectores considerados más vulnerables ante el consumo de vapeadores.

De acuerdo con las autoridades, queda prohibida la importación, producción, distribución y venta de vapeadores. Únicamente se permitirá la comercialización de productos de vapeo con fines médicos, siempre y cuando cuenten con receta médica.

Quienes infrinjan la nueva normatividad podrán enfrentar sanciones que van de uno a ocho años de prisión, además de multas de hasta dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Por último, señalaron que las autoridades sanitarias tendrán la facultad de realizar decomisos y clausurar a los establecimientos que incumplan con estas disposiciones.


Escrito por Abigail Cruz Guzmán

Reportera


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