La tasa por mora subirá a 2 por ciento y el ISR retenido a actividades digitales será de hasta 4 por ciento.
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Foto: Internet
Bajo el argumento de justificar la extorsión y otros delitos al dejar un rastro identificable de quien usa cada número, a partir de enero de 2026 entrará en vigor en México el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, que obligará a vincular cada línea con la Clave Única de Registro de Población (CURP) del titular.
Primero se implementó la CURP biométrica como mecanismo de identidad “confiable”. Ahora, será un padrón telefónico vinculado a dicha clave; en caso de que los usuarios no completen el registro, los operadores tendrán la facultad de cancelar la línea después de un periodo de 120 días hábiles, contados a partir de una notificación enviada vía mensaje de texto.
Una vez cancelada la línea por falta de registro, ésta quedará limitada y sólo podrá marcar a emergencias, atención ciudadana y al centro de servicio del operador, perdiendo por completo el uso de datos móviles y llamadas normales.
Sin embargo, el número no se pierde para siempre; el Gobierno Federal, dio a conocer que el usuario podrá recuperarlo en cualquier momento siempre que lo registre con su CURP y el número siga disponible en el mercado.
Dicha medida retoma una reforma de 2021, la cual fue actualizada en julio de 2025 y se llevó a cabo a piloto entre septiembre y octubre 2025. Posteriormente, los lineamientos definitivos de esta misma se publicarán en este mes de diciembre de 2025 para iniciar operaciones el próximo año.
Finalmente, el Gobierno Federal apuntó que, pese a que no se tiene planificadas multas económicas, la consecuencia directa será la inhabilitación práctica de la línea si se ignora el registro.
La tasa por mora subirá a 2 por ciento y el ISR retenido a actividades digitales será de hasta 4 por ciento.
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Escrito por Fernanda Trujano Chavarría
Licenciada en Lengua y Literatura Hispánicas por la UAEM.