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Internacional
Corte de EE. UU. asesta revés a Trump; ratifica la ciudadanía por nacimiento para hijos de migrantes
La Corte Suprema declaró inconstitucional la orden ejecutiva con la que Trump buscaba negar la ciudadanía por nacimiento a hijos de migrantes indocumentados o con visas temporales. El fallo reafirma un derecho respaldado por más de un siglo de jurisprudencia.


La Corte Suprema de Estados Unidos rechazó este martes el intento del presidente Donald Trump de eliminar la ciudadanía por nacimiento, una de las principales propuestas de su política migratoria.

Por seis votos contra tres, los magistrados determinaron que la Decimocuarta Enmienda de la Constitución garantiza la ciudadanía estadounidense a todos los niños nacidos en territorio nacional, independientemente del estatus migratorio de sus padres.

Con esta decisión, quedó sin efectos la orden ejecutiva 14160, firmada por Trump el 20 de enero de 2025, durante su primer día de regreso a la Casa Blanca.

La medida pretendía negar la ciudadanía a los bebés nacidos en Estados Unidos cuando ninguno de sus padres fuera ciudadano estadounidense o residente permanente legal.

De haberse aplicado, la directiva habría afectado la situación jurídica de hasta 250 mil recién nacidos al año y obligado a millones de familias a acreditar la ciudadanía de sus hijos mediante procedimientos adicionales.

La Corte confirmó que el certificado de nacimiento seguirá siendo el documento base para acreditar la nacionalidad estadounidense. Las únicas excepciones continúan siendo las reconocidas históricamente por la Constitución y la jurisprudencia: hijos de diplomáticos extranjeros y de fuerzas militares enemigas en ocupación.

El fallo se conoce a unos días de la conmemoración del 4 de julio y representa uno de los mayores reveses judiciales para la agenda migratoria de Trump.

Base constitucional

La Decimocuarta Enmienda, ratificada en 1868 tras la Guerra Civil, establece que "todas las personas nacidas o naturalizadas en los Estados Unidos, y sujetas a su jurisdicción, son ciudadanos de los Estados Unidos". Su objetivo original fue garantizar la ciudadanía a los hijos de personas esclavizadas que habían sido liberadas.

En 1898, la Corte Suprema estableció un precedente histórico al resolver que prácticamente todos los niños nacidos en suelo estadounidense adquieren automáticamente la ciudadanía, sin importar la situación migratoria de sus padres. Ese criterio ha permanecido vigente durante más de un siglo.

La orden ejecutiva de Trump instruía a las agencias federales a dejar de reconocer como ciudadanos a los hijos de personas que no fueran ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales.

El presidente sostuvo que la Decimocuarta Enmienda "estaba destinada a los hijos de los esclavos liberados, no a que cualquier persona llegara a Estados Unidos para que sus hijos obtuvieran la ciudadanía".

Sin embargo, tribunales federales bloquearon la aplicación de la medida al considerar que era probablemente inconstitucional. Posteriormente, el litigio llegó a la Corte Suprema.

Durante la audiencia, el presidente del Tribunal, John Roberts, cuestionó la postura del gobierno al señalar: "Es un mundo nuevo, pero sigue siendo la misma Constitución".

En su resolución definitiva, la mayoría de los magistrados concluyó que un presidente no puede modificar por decreto el alcance de la ciudadanía por nacimiento establecido en la Constitución.

Los demandantes celebraron que el fallo preservara un derecho "arraigado en el tejido de la sociedad estadounidense", mientras que organizaciones defensoras de los migrantes consideraron que la decisión brinda certeza jurídica a millones de familias.

Con este fallo, la Corte Suprema cierra la posibilidad de que el Poder Ejecutivo redefina unilateralmente quién tiene derecho a la ciudadanía estadounidense por nacimiento, manteniendo vigente un principio constitucional con más de 125 años de respaldo jurisprudencial.


Escrito por Abigail Cruz Guzmán

Reportera


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