El caso enfrenta dos controversias: determinar si Somos México violó la ley al afiliar a personas vinculadas con cultos religiosos y esclarecer si el INE protegió adecuadamente los datos personales de quienes buscan formar un nuevo partido político.
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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) perfila revocar la medida del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) de Jalisco que reservó ocho alcaldías exclusivamente para mujeres en las elecciones de 2027, entre ellas las de Zapopan y Tonalá.
De acuerdo con el proyecto elaborado por la magistrada Claudia Valle Aguilasocho, el organismo electoral local habría excedido sus facultades reglamentarias al imponer reglas de paridad que, según el documento, corresponden al ámbito legislativo.
El expediente SUP-REC-172/2026 propone revocar parcialmente la sentencia emitida por la Sala Regional Guadalajara.
El punto central del litigio es que el IEPC utilizó su facultad reglamentaria para establecer que ocho municipios debían ser encabezados exclusivamente por candidatas mujeres durante el proceso electoral de 2027.
El proyecto sostiene que esa decisión carece de armonía con diversos principios constitucionales, entre ellos la paridad de género, la igualdad sustantiva, la reserva de ley, la autodeterminación y la autonomía interna de los partidos políticos.
Por ello, la Sala Superior cuestiona que un organismo público local electoral (OPLE) pueda establecer mediante reglamentos disposiciones que, en su opinión, deberían ser definidas por el Poder Legislativo.
Si el pleno de la Sala Superior aprueba el proyecto, dejaría sin efectos la reserva exclusiva para mujeres en los municipios de Zapopan, Tonalá, Chapala, Poncitlán, La Barca, San Juan de los Lagos, Autlán de Navarro e Ixtlahuacán de los Membrillos.
De aprobarse el proyecto, los partidos políticos podrían postular indistintamente a hombres o mujeres en los ocho municipios involucrados. La paridad seguiría siendo obligatoria, pero se mediría en el conjunto de candidaturas registradas y no mediante la reserva exclusiva de municipios específicos.
La decisión tendría además efectos políticos relevantes rumbo a 2027, particularmente en municipios estratégicos como Zapopan y Tonalá, donde diversos actores políticos ya perfilan posibles candidaturas.
Aunque el proyecto ya circula entre las magistraturas de la Sala Superior, aún no existe una resolución definitiva.
De votarse a favor el asunto, podría sentar un precedente nacional sobre los límites de actuación de los organismos públicos locales electorales en materia de acciones afirmativas y paridad de género.
El caso enfrenta dos controversias: determinar si Somos México violó la ley al afiliar a personas vinculadas con cultos religiosos y esclarecer si el INE protegió adecuadamente los datos personales de quienes buscan formar un nuevo partido político.
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Escrito por Abigail Cruz Guzmán
Reportera