Morena y sus aliados lograron detener la votación donde se ratificaría o invalidaría a Ernestina Godoy en el cargo de Fiscal, luego de que inició la discusión del dictamen.
La Conferencia del Congreso local acordó no incluir este jueves en el orden del día en la última sesión del periodo ordinario, el dictamen aprobado la semana pasada por la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, por lo que podría ser discutido hasta enero en un periodo extraordinario.
La discusión se alargó el miércoles luego de que una larga lista de diputados morenistas y otro grupo reducido de la oposición pidieron la palabra para hablar en favor y en contra del dictamen. Fueron casi seis horas de argumentos de los morenistas, además de discusiones y descalificaciones contra la oposición, que los acusaba de tener miedo de votar por no contar con el número de diputados para salvar a Godoy Ramos.
Pasadas las 17:00 horas, el cansancio y la disputa entre los opositores y los oficialistas determinó que ya se debía votar; al final se suspendió con 37 votos a favor y 27 en contra. La sesión se levantó luego de que 15 de 30 enlistados, todos morenistas, habían razonado su voto.
Hasta el momento se ha dicho que podría ser en extraordinario donde podría nuevamente discutirse y, en su caso, aprobar o rechazar el dictamen para que Ernestina Godoy Ramos continúe en el cargo por otros cuatro años más.
Qué ocurre si no se logra la mayoría calificada
De acuerdo con el artículo 42 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, si no se logra la mayoría calificada en el pleno del Congreso de la Ciudad de México para la ratificación de Godoy Ramos, la Mesa Directiva notificará al Consejo Judicial Ciudadano a efecto de que emita la convocatoria para el proceso de selección de la nueva titular de la Fiscalía CDMX.
El Consejo Judicial Ciudadano, según los artículos 119 y 120 de la Ley Orgánica del Congreso local, realizará un proceso de examinación público y abierto para designar al nuevo titular de la FGJCDMX. El Consejo deberá proponer con la aprobación de las dos terceras partes de sus integrantes, al jefe de gobierno una terna de candidatos para que seleccione y remita el nombre de una persona al Congreso local o bien la terna completa.