Por considerar que la reforma al poder judicial contiene aspectos violatorios de las garantías individuales, el Instituto Federal de la Defensoría Pública (IFDP) instó a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) a interponer una acción de inconstitucionalidad contra dichas modificaciones.
El IFDP destacó que entre esos aspectos se encuentra la figura de los jueces sin rostro o de identidad reservada, ya declarada inconvencional por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). También se menciona la limitación de los efectos del juicio de amparo tanto en la suspensión como en el fondo, cuando se reclama la inconstitucionalidad de normas generales, así como otros puntos que afectan la independencia judicial y, por tanto, el derecho a la tutela efectiva de las personas.
Respecto a la figura de jueces sin rostro o de identidad reservada, el Instituto Federal de la Defensa Pública subrayó su declaración de inconvencionalidad por parte de la CIDH.
Además, la limitación de los efectos del juicio de amparo, tanto en la suspensión como en el fondo, presenta un problema, así como otros aspectos que afectan la independencia judicial y el derecho a la tutela efectiva.
El Instituto mencionó que, según la CIDH, todos los órganos del Estado mexicano tienen la obligación de adoptar medidas para proteger los derechos humanos, bajo el principio de máxima tutela.
Finalmente, en el ámbito de la protección de derechos fundamentales, insistió en que existen límites para la democracia, ya que los Estados deben garantizar el respeto y la protección de los derechos humanos de las personas bajo su jurisdicción. Un adecuado control de convencionalidad a nivel interno fortalece la eficacia de estos derechos.