Este jueves, el Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa negó el amparo directo de un crédito fiscal de 18 mil 455 millones de pesos en contra de Grupo Elektra; en 2020 el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) ratificó la legalidad del crédito, apuntalado por ISR omitido del ejercicio fiscal 2013.
La semana pasada, otro Tribunal Colegiado ya había negado a Grupo Elektra, que dirige Ricardo Salinas Pliego, el amparo contra un crédito de mil 431 millones de pesos en el ejercicio de 2008.
De acuerdo con el Tribunal, dicho crédito, corresponde a un monto de 18 mil 455 millones y fue determinado debido a que en 2014, Elektra no modificó el régimen de consolidación fiscal de filiales que aprovechó para pagar menos impuestos en años previos.
Por su parte, la magistrada Martha Ortiz Brena, afirmó que " fue correcto que el TFJA validara que las pérdidas por enajenación de acciones de empresas controladas que en los ejercicios 2008, 2009, 2011 y 2012 fueron disminuidas por determinar el consolidado del grupo".
En contraste, el Magistrado Fernando Silva García, fue el único que dio la razón a la empresa de Salinas pliego al enfatizar que en 2026, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) rechazó las pérdidas fiscales, pero en 2018 las consideró válidas.
Calificó lo anterior como "un giro de 180 grados" y "una práctica abusiva" por parte de las autorales de la anterior administración con el objetivo de "presionar" a Elektra para pagar créditos previos.
En respuesta, Salinas Pliego declaró que siempre ha "pagado muchos impuestos y, al final del día, será el Poder Judicial, con autonomía e independencia, el que decida lo correcto".
Asimismo, advirtió que "ante las reiteradas presiones que emanan del ejecutivo federal y en particular del SAT sobre los casos" de sus empresas en los tribunales Federales, recurrirá como última instancia a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).